Las diputaciones vascas prevén elevar hasta el 27% el tipo para las rentas superiores a los 240 000 euros
La reforma fiscal vasca planteada por las tres diputaciones forales prevé elevar hasta el 27% el tipo para las rentas superiores a los 240 000 euros con el objetivo de que "la carga tributaria crezca a medida que crece la renta de las personas contribuyentes".
El anteproyecto que ha sacado este lunes a exposición pública la Hacienda foral guipuzcoana contiene tres medidas relevantes. En primer lugar, se eleva hasta los 19 000 euros anuales la no obligación de autoliquidar el impuesto. En coherencia, se incrementa la bonificación para las rentas del trabajo inferiores a 23 000 euros.
La otra medida a destacar es la nueva tarifa del ahorro propuesta, que pretende "aproximar la carga tributaria al principio de progresividad, minorando aquella soportada por los pequeños ahorradores e incrementado aquella que soportan las rentas del ahorro más elevadas". Para ello se rediseñan los cinco tramos de la escala del ahorro preexistentes y se añade uno más, elevando el tipo máximo de la escala hasta el 27%.
De este modo, a las personas con ingresos hasta 15 000 euros se les aplicará un tipo del 20%, de hasta 30 000 un tipo del 22%, de 30 000 a 60 000 euros del 23%, de 60 000 a 120 000 euros del 25%, de 120 000 a 240 000 euros del 26% y del 27% de 240 000 euros en adelante.
No estarán obligadas a autoliquidar las personas contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rendimientos brutos del trabajo, con el límite de 19 000 euros anuales en tributación individual, y de rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales, incluidos en ambos casos los exentos, que no superen conjuntamente los 1600 euros anuales.
En el ámbito de la vivienda, contempla un incremento de la bonificación general a los arrendadores al 30%, que será del 50% en el caso de viviendas arrendadas en el marco del programa Bizigune del Gobierno Vasco o para quienes alquilen viviendas en zonas declaradas como tensionadas en vivienda.
Además, para estas viviendas destinadas al alquiler estable de vivienda habitual se establece una deducción por rehabilitación protegida para actuaciones en la vivienda arrendada.
Desde la perspectiva del arrendatario, se incrementan tanto el porcentaje de deducción como su cuantía máxima para familias numerosas, las monoparentales, las personas jóvenes, las personas con discapacidad y dependencia y las víctimas de violencia doméstica o de género.
En relación con la adquisición de vivienda habitual, se implementan diversas medidas de apoyo a la adquisición de vivienda habitual poniendo especial acento en las personas jóvenes. Para las personas menores de 36 años, se incrementa el plazo para el destino de las cantidades depositadas en cuentas vivienda hasta los 10 años y se incrementa tanto el porcentaje como la cuantía de la deducción.
También se elimina el límite de deducción para el año de adquisición y se recoge la exención establecida en el impuesto sobre sucesiones y donaciones para las donaciones de importe igual o inferior a 30 000 euros, con la finalidad de facilitar que los jóvenes puedan acceder a su vivienda habitual con la ayuda de económica de familiares, "sin que ello tenga repercusión tributaria para el donatario".
Se modifica también el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para flexibilizar la aplicación del tipo reducido del 2,5%, de tal manera que se permite aplicar en más de una ocasión el tipo reducido, siempre que la parte adquirente no sea propietaria de otra vivienda en el mismo término municipal en el que radique la vivienda adquirida.
Alegaciones
Las diputaciones forales han abierto este lunes la fase de audiencia pública de la reforma fiscal, de manera que los ciudadanos podrán presentar sus alegaciones a este documento.
Los contenidos de la reforma son muy similares para los tres territorios, dado que se ha de mantener el principio de armonización fiscal, aunque en el caso de los plazos de alegaciones, hay importantes diferencias.
De esa forma, en Álava el plazo del trámite de audiencia será desde el 18 al 29 de noviembre de 2024, ambos inclusive. Por su parte, en Bizkaia se mantendrá abierto este plazo hasta el 3 de diciembre, mientras que en Gipuzkoa se prolongará hasta el 15 de diciembre.
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