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El TJUE obliga a Eslovaquia y Hungría a acoger a los solicitantes de asilo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que estos dos países no pueden rechazar la reubicación de solicitantes de asilo desde Grecia e Italia.
Refugiados.
Refugiados.

Eslovaquia y Hungría no pueden rechazar la reubicación de solicitantes de asilo desde Grecia e Italia, acordada a nivel comunitario en respuesta a la crisis migratoria en la Unión Europea en 2015, según ha dictaminado hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Los jueces de la Unión desestimaron los recursos de esos dos países contra el mecanismo provisional de reubicación obligatoria de solicitantes de asilo acordado por el Consejo de la Unión.

Según el Tribunal, el mecanismo contribuye de forma efectiva y proporcionada a que Grecia e Italia puedan hacer frente a las consecuencias de la crisis migratoria de 2015.

Esa medida se acordó sobre la base de la legislación europea, que prevé que si uno o varios Estados miembros se enfrentan a una situación de emergencia por la afluencia repentina de nacionales de terceros países, el Consejo puede adoptar, a propuesta de la Comisión, medidas provisionales para ayudar a los países afectados.

La decisión del Consejo prevé la reubicación desde esos dos Estados miembros a otros países de la UE, hasta el 26 de septiembre de 2017, de 120.000 personas manifiestamente necesitadas de protección internacional.

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