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Entra en vigor el permiso de parentabilidad de 16 semanas

Se trata de una excedencia pagada que podrán solicitar desde este viernes los progenitores no gestantes que trabajen por cuenta ajena, cooperativistas o autónomos.
Este permiso puede solicitarse desde el 1 de noviembre.
Este permiso puede solicitarse desde el 1 de noviembre. Foto bajo licencia CCO

Desde este viernes, los progenitores no gestantes de Euskadi pueden ampliar hasta las 16 semanas el permiso retribuido por nacimiento de hijo. El Boletín Oficial del País Vasco ha publicado el decreto aprobado la semana pasada por el Gobierno Vasco.

No se trata de un permiso como tal, ya que esta competencia corresponden al Ejecutivo central, sino de una excedencia pagada, que permite a los padres incrementar hasta las 16 semanas las 8 de las que consta el permiso regulado legalmente.

Las semanas de diferencia que no las abonará la Seguridad Social, sino que las pagará el Ejecutivo de Vitoria-Gasteiz. La excedencia podrá disfrutarse en los 12 meses inmediatamente posteriores al nacimiento y en un periodo de disfrute distinto al de maternidad.

Esta excedencia estará disponible para los progenitores no gestantes que trabajen por cuenta ajena, los que sean socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas y los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Para que este último colectivo acceda a la ayuda debe contratar a un empleado durante todo el período de la actuación subvencionable.

No podrán disfrutar de estas excedencias las familias que lleven a sus hijos a la guardería, pero finalmente sí que será posible para las que tengan contratadas personas empleadas del hogar, después de que el Departamento corrigiese el borrador inicial que no lo permitía.

Quizá te interese: ¿Cómo y cuándo puedo solicitar el permiso?

Los funcionarios vascos, 18 semanas

Este paso llega poco después de que los permisos de los funcionarios vascos se hayan igualado a los de maternidad en la Administración pública de Euskadi y alcancen en ambos casos las 18 semanas.

Se beneficiarán de la subvención los cónyuges no gestantes que tengan una hija o hijo a partir de la publicación del nuevo decreto, incluidas familias primerizas, adelantándose así la aplicación a aquellas familias que tengan su primera hija o hijo, algo que en el IV Plan de Apoyo a las Familias estaba previsto para el año 2022.

La medida será también de aplicación a las familias monoparentales, que contarán así con una medida pionera en el Estado, al hilo de las que existen en los países más avanzados de Europa. El texto incluye a su vez otras medidas para favorecer a las familias numerosas, o que cuentan con algún miembro con discapacidad superior al 50 %, o con alguna persona miembro víctima de violencia de género.

La ayuda deberá solicitarse una vez haya finalizado la excedencia y en el plazo de tres meses. Las cuantías se abonará mediante un pago único en el plazo máximo de dos meses tras la notificación de la resolución de concesión.

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