Amplían al 50 por ciento el aforo permitido en terrazas en la fase 1
El Gobierno de España ha decidido ampliar al 50 por ciento el aforo permitido en las terrazas de los establecimientos hosteleros a partir de la fase 1 de la desescalada, que en un principio había planteado solo un 30 por ciento.
Según han explicado fuentes del Gobierno español, se ha decidido ampliar el porcentaje previsto porque se considera compatible con las debidas garantías de seguridad en materia de salud pública.
Las mismas fuentes han explicado que el número máximo de diez personas para reuniones que se va a permitir en la fase 1 vale tanto para los encuentros en domicilios como en terrazas.
Y podrán abrir, al 50 por ciento de su capacidad, tanto las terrazas que estén en la vía pública como las que se encuentren dentro del espacio del establecimiento hostelero, siempre que sea al aire libre.
Así constará en las órdenes que publicará el Gobierno de España en el BOE de hoy domingo para regular las condiciones tanto de la hostelería en fase 1 como del comercio en fase 0 o de la actividad deportiva, entre otras cuestiones.
La apertura de comercios minoristas a partir del lunes será para establecimientos de hasta 400 metros cuadrados, a los que los clientes tendrán que acudir siempre con cita previa, y en los que se debe garantizar la atención individual -un empleado por cliente-.
Deberá mantenerse en estos locales la distancia mínima de dos metros y habrá franjas horarias y/o pasillos preferentes para los mayores de 65 años.
Las compras deben hacerse dentro de un mismo municipio, aunque permitirán desplazamientos entre las localidades pequeñas si no tienen determinados productos -y no tiene siempre que ser el colindante, puede ser otro municipio de la zona si así se necesita-.
Estos locales deberán limpiarse dos veces al día y los uniformes de los trabajadores deben lavarse a diario. Si se utilizan los probadores tendrán que limpiarse cada vez que un cliente los use y no se podrán emplear los aseos más que en los casos de urgente necesidad.
La ropa que se prueben los clientes deberá también desinfectarse antes de volver a la línea de venta.
En estos comercios pequeños no podrán trabajar los empleados que tengan cualquier tipo de sintomatología compatible con el coronavirus o que tengan que mantener cuarentena por haber estado en contacto con algún enfermo.
Todas estas normas se refieren a los comercios que pueden abrir en fase 0. Según el Ejecutivo, en la fase 1 podrán abrir los demás comercios (de más de 400 metros) y en la fase 2 podrán operar ya los parques y centros comerciales, aunque sin utilizar las zonas comunes.
En cuanto a las peluquerías, que pueden abrir a partir del lunes ya en fase 0 y donde no se pueden guardar los dos metros de distancia, será obligatorio el uso de mascarillas tanto para el cliente como para el empleado del establecimiento.
El Gobierno españoñ también ha explicado las condiciones para el uso de vehículos. En la fase 0 se mantienen las actuales -en un vehículo de cinco personas solo puede haber una persona por cada fila y en diagonal, nunca una detrás de la otra-.
Y para la fase 1 se permitirá que las personas de un mismo domicilio puedan compartir vehículos de hasta nueve plazas y si no conviven en el mismo domicilio tendrán que tener la máxima separación posible -como en la actualidad- y además usar mascarilla.
En total serán cinco las órdenes que el Gobierno de Pedro Sánchez publica hoy para regular las primeras fases de la escalada.
En Moncloa recuerdan que la unidad territorial sigue siendo la provincia y que las comunidades autónomas deben solicitar el salto a la siguiente fase de sus territorios con una semana de antelación.
La previsión es que la mayoría de los territorios puedan entrar en fase 1 el día 11 de mayo, aunque en el Ejecutivo central han recordado todos estos días que para que eso sea posible se deberán cumplir determinados parámetros.
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