Estas son las medidas generales del Gobierno Vasco para la emergencia sanitaria
El Gobierno Vasco declaró este lunes la emergencia sanitaria, que permite al lehendakari Iñigo Urkullu asumir el "mando único" en la crisis sanitaria y adoptar medidas adicionales a las acordadas el pasado viernes por el ministerio y las comunidades autónomas.
La consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, Arantxa Tapia, ha comparecido en rueda de prensa este martes para anunciar las nuevas medidas que adoptará el Gobierno Vasco para frenar la expansión del coronavirus.
Estas son las medidas que se adoptarán en toda la Comunidad Autónoma Vasca:
1) Reunión y encuentro de personas:
· Limitación de grupos a un máximo de 10 personas en la vía pública, establecimientos hosteleros y gastronómico-recreativos (bares, restaurantes y txokos).
· Recomendación para que los grupos no superen las 10 personas en el ámbito privado.
· Prohibición de toda actividad en lonjas y cualquier local de características similares.
· En los velatorios y entierros podrá haber un máximo de 30 asistentes, tanto en el interior como en el exterior.
· PCR obligatoria a todos los nuevos residentes y a los empleados que se reincorporen en centros sociosanitarios con 72 horas de antelación como máximo.
· Visitas en residencias limitadas a una persona con una hora máxima de duración al día. Estas medidas se podrán exceptuar en el proceso del final de la vida.
2) Actividad en el exterior:
· La actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y en grupos de hasta un máximo de 10 personas.
· Las actividades de turismo activo y de naturaleza podrá realizarse en grupos de un máximo de 10 personas.
· Las visitas en grupo a centros recreativos y acuarios quedan restringidas a un máximo de 10 personas.
· Prohibición expresa de práctica del botellón.
· Se reduce el aforo en piscinas públicas o privadas al 60 %, se prohíben estancias superiores a 3 horas.
· Solo se podrá fumar en espacios públicos si se puede respetar la distancia mínima de dos metros. En caso de no poder respetarla, no se podrá fumar. La mascarilla se retirará exclusivamente para la inhalación y exhalación del humo.
3) Hostelería (bares, restaurantes y txokos):
· Consumo tanto interior como exterior, con un máximo de 10 personas por mesa o grupo de mesas, siempre sentados, manteniendo distancia de 1,5 metros entre el cliente de una mesa y el inmediato de la siguiente.
· Estos establecimientos no podrán superar el aforo de 60 personas, y siempre deberán consumir sentados.
· Servicio en barra: permitida la estancia y consumo, siempre y cuando las personas estén sentadas y mantengan la distancia de seguridad interpersonal.
· Horario de cierre a las 01:00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de ningún cliente ni expedir consumición alguna desde las 00:00 horas.
· Cierre total de discotecas, salas de baile y pubs.
· Se limita al 60 % el aforo del los alojamientos turísticos en las zonas comunes.
· Buffets y cocktails en grupos de 10 personas y sentados.
· Actividades de animación, deportivas y grupales, en grupos de 10 personas como máximo.
4) Transporte público:
· El transporte público finalizará a la noche para atender a las personas que hayan estado en establecimientos, y no se ofrecerá servicio a partir de la 01:30.
· Para trayectos de transporte público de menos de dos horas de viaje, se prohíbe la ingesta de alimentos, aunque se pueden tomar bebidas.
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