Sentencia del caso Ellacuría
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Condenan a 133 años de cárcel a Montano por la muerte de Ellacuría y otros 4 jesuitas

Se le condena así como responsable de 5 delitos de asesinato de carácter terrorista. Por cada asesinato se le condena a una pena de 26 años, 8 meses y un día de reclusión mayor.
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Sentencia del juicio por el asesinato de Ignacio Ellacuría y otros cuatro jesuitas

El tribunal de la Audiencia Nacional que ha juzgado el asesinato del ideólogo de la Teoría de la Liberación Ignacio Ellacuría y otros cuatro jesuitas en 1989 condena al excoronel y exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador Inocente Orlando Montano a la pena de 133 años y tres meses de cárcel.

En la sentencia, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal considera a Montano autor de cinco delitos (los jesuitas Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes Mozo, Armando López Quintana y Juan Ramón Moreno Pardo) por cada uno de los cuales le impone una pena de 26 años, 8 meses y un día de prisión.

Los magistrados también consideran a Montano autor de los asesinatos de otro jesuita salvadoreño, de la cocinera de la universidad y de su hija de 15 años, ejecutados junto con los religiosos, si bien no puede condenarle por estos hechos al no haber sido extraditado por Estados Unidos por esos crímenes.

VÍDEO | La sentencia del caso Ellacuría ha tenido una gran repercusión política en El Salvador

El asesinato de los jesuitas la noche del 15 al 16 de noviembre

La sentencia relata la reunión de oficiales, entre los que se encontraba el viceministro de Seguridad Pública, el coronel Montano en la que se ordenó matar a Ellacuría y no dejar testigos, utilizando para ello unidad del batallón Alacatl.

Después de la medianoche del 15 al 16 de noviembre, los soldados se reunieron fuera de la Escuela Militar, donde el coronel Rene Yusshy les facilitó un fusil con el fin de disparar con él y simular que habían sido los miembros del FMLN los autores de los hechos. Les ordenó también que hicieran creer que se hubiera producido una confrontación militar una vez que los sacerdotes estuviesen muertos.

Los oficiales se acercaron a la residencia de los sacerdotes y cuando estos salieron de allí alertados por el ruido les ordenaron tirarse al suelo, momento en el que el oficial empezó a disparar a los tres que estaban en el suelo, Ellacuría, Baró y Montes. Tras ello, según el relato de la sentencia, el subsargento y un cabo empezaron a disparar y mataron a los otros tres sacerdotes.

En ese mismo momento, el sargento que se había quedado custodiando a la cocinera de la universidad y a su hija efectuó numerosos disparos mientras ambas se agarraban.

La sentencia, ponencia de Fernando Andreu, indica que los hechos son competencia de la jurisdicción española porque se trata de asesinatos terroristas cometidos contra víctimas españolas.

Las pruebas practicadas corroboran la participación de Montano

Después del examen de las pruebas practicadas el tribunal llega al convencimiento de que los 8 asesinatos fueron urdidos, planeados, acordados y ordenados por los Miembros del Alto Mando de las Fuerzas Armadas, órgano al que pertenecía Inocente Orlando Montano en su condición de viceministro de la Seguridad Pública.

Él participó en la decisión y junto a otros cuatro miembros de dicho alto Mando, "transmitió la orden de realizar las ejecuciones al Coronel Director de la Escuela Militar".

La sala considera vital el testimonio del ex teniente del ejército Rene Yusshy Mendoza, que en calidad de testigo reconoció su participación en los hechos.

VÍDEO | eitb.eus, el único medio en retransmitir el juicio a Montano para todo el mundo

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