Reabren el caso por homicidio imprudente contra una clínica de estética de Bilbao
La Audiencia de Bizkaia ha resuelto reabrir el procedimiento por un presunto delito de homicidio imprudente contra una clínica de estética de Bilbao y realizar una nueva autopsia al hombre que falleció en 2019 tras un implante capilar.
El auto de la sección sexta de la Audiencia Provincial detalla que la familia del fallecido recurrió la decisión inicial de sobreseer el caso contra el centro privado que tiene "Dermitek" en Bilbao y pidió una nueva autopsia para determinar si la muerte estuvo causada por la anestesia y no con una supuesta enfermedad hereditaria del paciente.
El 26 de abril de 2019 el víctima, un hombre de 39 años fue intervenido en esa clínica donde le iban a realizar un implante capilar, recoge el auto.
Durante el acto médico, el hombre sufrió una parada cardio respiratoria y fue evacuado inicialmente a un hospital de Bizkaia y de ahí al hospital Universitario Marqués de Valdecilla en Santander, donde murió al día siguiente del implante capilar.
La acusación particular ejercida por los cuatro hermanos de la víctima ha pedido la realización de una nueva autopsia ya que el primer análisis había concluido que el fallecimiento podría deberse a una causa natural y "ser indicativo de una canalopatía (Síndrome de Brugada)", ya que "no había prueba suficiente" para concluir que tuviera relación con los anestésicos.
Los forenses del Instituto de Medicina Legal de Cantabria indicaron que, como el Síndrome de Brugada es una enfermedad hereditaria, "sería conveniente la revisión cardiológica de los familiares más próximos del fallecido".
Tras realizar esas revisiones, todos los hermanos dieron negativo, razón por la cual la acusación particular ha pedido la nueva autopsia para esclarecer realmente la causa de esa muerte.
Los familiares del joven cántabro apuntan a un "posible negligencia profesional"
Los cuatro hermanos de la víctima consideran a quienes participaron en la intervención de estética son responsables de esa muerte por una "posible negligencia profesional", por mala praxis en la administración de una sustancia anestésica.
La Audiencia de Bizkaia señala que las circunstancias en las que se produjo esa muerte "en una intervención de trasplante capilar, es motivo fundamental para la reapertura de la causa porque solo a partir del conocimiento del motivo por el que falleció puede valorarse, con el rigor exigido, si existió alguna actuación por parte de los profesionales intervinientes en la operación, merecedora reproche social".
Según añade, "es factible la comprobación empírica de si el fallecido padecía o no el referido síndrome, mediante el análisis por laboratorio cualificado de la muestra de sangre conservada en el Instituto de Medicina Legal de Cantabria" y así, pide "la ampliación de informe del médico forense".
El tribunal recuerda que el objeto del procedimiento penal "es el del esclarecimiento de los hechos" para determinar si son constitutivos de delito por la posible comisión de un homicidio imprudente, lo que "requiere que se determine la causa de la muerte", algo que en este caso no ha sucedido.
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