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Confirman la condena de 25 meses a un rapero por amenazar en sus letras a la Policía Municipal de Pamplona

La sentencia considera probado que en muchas de las canciones divulgadas por el condenado "se fomenta la violencia y se justifica su uso como normal forma de relación y convivencia social".

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha confirmado la condena de 25 meses de prisión impuesta por una juez a un rapero por amenazas a la Policía Municipal de Pamplona en sus letras.

La sentencia considera probado que en muchas de las canciones divulgadas por el condenado "se fomenta la violencia y se justifica su uso como normal forma de relación y convivencia social".

Para los magistrados, del propio texto de la canción se deduce la amenaza y se ve con claridad un mal: "matar al hijo de un munipa", expresión contenida en la canción "que por repetido parece el estribillo" junto con "frases en las que se describen formas o medios de agredir".

El rapero es muy conocido entre jóvenes de 14 y 20 años de edad tanto de Pamplona como a nivel nacional debido a su actividad en las redes sociales. Según ha trasladado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, bajo el nombre de Black Marfil, abrió el 31 de marzo de 2017 una cuenta en YouTube en la que colgaba sus vídeos con acceso libre y gratuito que, en el momento en que se dictó la sentencia, tenía 20 100 suscriptores y 2 128 093 visualizaciones. Además, su cuenta de Instagram sumaba 22 600 seguidores.

Desde julio de 2018, la Policía Municipal de Pamplona ha tenido que intervenir en numerosas ocasiones con el acusado por de peleas y amenazas, "ocupándole armas y siendo investigado por delito de pertenencia a grupo criminal, interviniendo con él tanto a nivel penal como administrativo", según la resolución judicial en sus hechos probados.

En diciembre de 2022, el Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona condenó al inculpado como autor de un delito de amenazas colectivas no condicionales a 25 meses de prisión. También se le impuso el cierre de su canal de YouTube y la prohibición de crear otro en un plazo de 3 años.

El recurso presentado por la defensa ha sido desestimado en su integridad por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, que considera "correcta, coherente y suficiente" la argumentación expuesta por la juez de instancia.

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