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Aprobada la Zona de Bajas Emisiones de Vitoria: ¿Qué vehículos no podrán acceder al centro?

La ZBE de Vitoria entrará en vigor en 2025 en el Casco Viejo y varias calles del Ensanche, pero no será hasta el 1 de enero de 2027 cuando se prohíba el acceso de los coches sin etiqueta ambiental y hasta 2030 cuando esa prohibición se extienda a los que tengan la B, salvo algunas excepciones.
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Zona de Bajas Emisiones de Vitoria-Gasteiz. Infografía: EITB

El pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha aprobado este viernes de forma definitiva la implantación de la Zona de Bajas Emisiones en la ciudad, con los votos a favor de EH Bildu, PNV y PSE-EE. PP ha votado en contra, mientras que Elkarrekin se ha abstenido.

La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Vitoria-Gasteiz tiene previsto entrar en vigor en 2025 en el Casco Viejo y varias calles del Ensanche, donde habrá restricciones para el tránsito de ciertos vehículos, pero no será hasta el 1 de enero de 2027 cuando se prohíba el acceso de los coches sin etiqueta ambiental y hasta 2030 cuando esa prohibición se extienda a los que tengan la B, salvo algunas excepciones.

La implantación de estas restricciones se hará de manera progresiva.

Primera fase: a partir del 2025

En una primera fase se eliminará el tráfico de paso por un área de prioridad residencial que abarca el Casco Medieval y una parte del Ensanche, cuyo perímetro delimitarán más de un centenar de señales y que estará controlada por 30 cámaras de lectura de matrículas.

Concretamente esa zona abarcará el Casco Medieval y la parte del Ensanche delimitada por las calles La Paz, Ortiz de Zárate, Florida, Ramón y Cajal, Luis Heintz, Magdalena, Vicente Goicoechea, Cercas Bajas, Siervas de Jesús, Portal de Arriaga y San Ignacio de Loyola.

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A ese área podrán acceder los residentes, los que accedan a plazas de aparcamiento, personal de establecimientos comerciales y de servicios, vehículos para zonas de carga y descarga y de urgencias y titulares de tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida, entre otros.

Los titulares de los vehículos pertenecientes a alguna de estas categorías deberán darse de alta en el sistema de control de accesos y contar con la correspondiente autorización.

Segunda fase: a partir de 2027

En la segunda fase estará prohibido el acceso a todos los vehículos que no cuenten con etiqueta ambiental, es decir, los de gasolina matriculados antes de 2001 y los diésel anteriores a 2006.

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Tercera fase: a partir de 2030

No será hasta 2030 cuando esa prohibición se amplíe a los que tienen el distintivo B (con las excepciones ya marcadas en la fase 2), y una nueva ampliación del ámbito de la OTA ambiental.

Excepciones

Sin embargo, habrá varias exenciones a las limitaciones relativas a la etiqueta ambiental, una de ellas relacionada con el nivel de renta. Habrá que acreditar ingresos brutos anuales inferiores como mínimo a dos veces el indicador de renta que se usa como referencia en el cálculo de ayudas, subsidios o bonificaciones fiscales.

También estarán exentos los vehículos de profesionales cercanos a la edad de jubilación, cuyos titulares deberán acreditar que como máximo les faltan cinco años de cotización para alcanzar la edad legal para jubilarse, así como los catalogados como históricos, los de servicios públicos o los titulares y arrendatarios de plazas de aparcamiento en el interior de la ZBE.

Todas estas exenciones tendrán un período de vigencia de tres años.

Sanciones

Las sanciones por incumplir esta normativa oscilarán entre los 90 euros para las infracciones leves y los 200 para las graves, aunque no se aplicarán de forma inmediata, sino que habrá alguna demora.

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