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Condenan a 8 años de prisión a un hombre por agresión sexual a una menor en Vitoria-Gasteiz

El tribunal aprecia la agravante de reincidencia, ya que el acusado cuenta con condenas anteriores, y de despoblado, porque buscó un lugar "apartado", para alejar que la víctima tuviera "posibilidad de ayuda".
La Audiencia Provincial de Álava. Foto de archivo: Jokin Zurutuza
La Audiencia Provincial de Álava. Foto de archivo: Jokin Zurutuza

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por detención ilegal y agresión sexual a una menor de 11 años, a la que, "con engaños, llevó en su vehículo a una zona apartada y, tras retenerla, trató de desnudarla y la manoseó". El tribunal ha considerado dos agravantes: el de reincidencia porque el acusado contaba ya con sendas condenas anteriores por abusos y agresiones sexuales, y el de despoblado, porque "buscó a propósito un espacio apartado".

Los hechos que se consideran probados tuvieron lugar sobre las 19:50 horas del 13 de octubre de 2023.

En una nota publicada, el tribunal considera que las pruebas practicadas en la vista oral son "suficientes para enervar el efecto protector de la presunción de inocencia" del acusado. La Sala afirma que "ninguna tacha se puede poner a la credibilidad" de la menor y cita otras declaraciones de testigos que sirven de "corroboración periférica" del testimonio de ella.

La sentencia añade que el hecho de que el acusado no consiguiera desnudar a la menor no significa que los actos que llevó a cabo "no constituyan un delito consumado, pues se trata de actos de indudable carácter e intencionalidad sexual. Que la intención final (desnudarla) no se viera satisfecha no entraña que el grado de ejecución quedara incompleto, pues lo que consiguió realizar ya era delictivo".

Asimismo, el tribunal estima que hubo intimidación porque se trataba "de una niña de 11 años frente a un hombre de 46, que la retiene dentro de su coche". También aprecia la agravante de despoblado, ya que el acusado buscó a propósito un espacio "apartado, poco frecuentado, oscuro, boscoso, en el monte, para alejar cualquier posibilidad de ayuda que pudiera recibir la víctima y aumentar su desamparo".

En cuanto a aplicar la agravante de reincidencia, el tribunal recuerda que el hombre cuenta con una condena firme de un juzgado de Pamplona por delito de abusos sexuales y otra, también firme, de la Audiencia de La Rioja por un delito de agresiones sexuales.

Además de los 8 años de cárcel, la Audiencia de Álava fija para el acusado una medida de libertad vigilada durante 5 años que se ejecutará con posterioridad a la pena de prisión, así como el abono de una indemnización de 10.000 euros a la víctima. Además, le prohíbe comunicarse y acercarse a menos de 200 metros de la menor durante 9 años.

Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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