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Condenados a 9 y 6 meses de prisión dos policías forales por agredir a un detenido en Tudela

La Audiencia de Navarra considera probado que uno de los agentes golpeó al arrestado en los calabozos y que el otro no evitó la agresión, por lo que ambos han sido inhabilitados y deberán indemnizar a la víctima.
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Detención en Pamplona, en una imagen de archivo. Foto: Policía Foral

La Audiencia de Navarra ha condenado a dos policías forales a penas de 9 y 6 meses de prisión por la agresión a un detenido ocurrida el 12 de febrero de 2025 en los calabozos de la comisaría de Tudela. El tribunal ha absuelto a un tercer agente y ha declarado al Gobierno de Navarra responsable civil subsidiario.

La sentencia da por acreditado que uno de los agentes zarandeó, golpeó y propinó puñetazos en la cara al detenido, mientras que el segundo policía fue condenado por no impedir la agresión pese a que “pudo y debió hacerlo”. Los hechos fueron grabados por las cámaras de seguridad de los calabozos.

El fallo considera al principal acusado responsable de un delito contra la integridad moral y de un delito leve de lesiones. Por ello, le impone 9 meses de prisión y una multa de 600 euros. Al otro agente le atribuye un delito contra la integridad moral por omisión, con una pena de 6 meses de cárcel. Además, ambos han sido inhabilitados para empleo o cargo público durante 3 y 2 años, respectivamente.

La víctima acudió al día siguiente a un servicio de urgencias, donde le diagnosticaron diversas lesiones, entre ellas un hematoma en el puente nasal, erosiones y contusiones en rodillas y espalda. El agente que ejecutó la agresión deberá indemnizarle con 350 euros por las lesiones y 3.500 euros por las secuelas, mientras que los dos condenados tendrán que abonarle conjuntamente otros 4.000 euros por daños morales.

Según recoge la resolución, la actuación del principal condenado (que accedió al calabozo, golpeó reiteradamente al detenido, lo arrastró y lo dejó engrilletado en el suelo) constituye “un claro acto de dominación arbitraria y abuso de poder” que atentó contra su integridad física y moral. El tribunal subraya que la situación implicó además un componente de humillación, dado el estado de indefensión del arrestado.

Los magistrados destacan que no ha quedado acreditado que la víctima insultara o amenazara previamente al agente y, en cualquier caso, señalan que ninguna conducta justificaría una reacción de ese tipo. Aunque reconocen que el detenido mostró una actitud desafiante tras su arresto, recalcan que otros agentes intervinieron con profesionalidad y lograron reconducir la situación.

Respecto al segundo condenado, con 26 años de servicio, la Audiencia considera probado que presenció los golpes sin intervenir ni pedir ayuda, pese a tener capacidad para hacerlo. Por el contrario, absuelve al tercer agente al entender que, con apenas 25 días de experiencia, no tuvo capacidad real para impedir los hechos.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

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