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La Audiencia Nacional investigará a dos mandos militares israelíes por las detenciones de miembros de la Flotilla

El juez no admite a trámite las querellas en lo que se refiere a hechos cometidos a bordo de buques israelíes, o en territorio israelí, porque considera que desde que los tripulantes fueron trasladados a Israel los hechos quedan ya desconectados de los delitos cometidos a bordo.
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Flotilla Global Sumud. Foto de archivo: Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha admitido a trámite dos querellas para investigar a dos mandos militares israelíes por un delito de detención ilegal durante el abordaje el 1 de octubre de 2025 a la Flotilla Global Sumud, que se dirigía a Gaza con ayuda humanitaria y en la que viajaba la exalcaldesa de Barcelona Ada Colau.

Contra el criterio de la Fiscalía, el juez ha decidido admitir a trámite dos querellas interpuestas por el Partido Comunista, Izquierda Unida y varios particulares contra el jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas Israelíes (FDI), Eyal Zamir; y a quien el auto señala como comandante en jefe de la Marina israelí, Ram Rothberg, aunque dejó el cargo en 2016.

Además, el juez ha decidido también pedir a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional que se pronuncie acerca de si puede investigar de forma independiente lo ocurrido en embarcaciones de bandera española o, de lo contrario, que le requiera inhibirse si los hechos denunciados deben incluirse en la investigación de este organismo sobre delitos de genocidio, crimen de guerra o contra la humanidad.

Mientras tanto, el magistrado advierte que continuará adelante con el procedimiento por detención ilegal a bordo de las embarcaciones de bandera española y que practicará las actuaciones consideradas urgentes.

Así, el magistrado limita el objeto de la causa a los posibles delitos de detención ilegal cometidos a bordo de embarcaciones españolas, porque de acuerdo al convenio de la ONU sobre el Derecho del Mar los buques españoles en alta mar están sometidos a la jurisdicción de España, salvo excepciones que, según el juez, no concurren.

Además, el juez no admite a trámite las querellas en lo que se refiere a hechos cometidos a bordo de buques israelíes o en territorio israelí porque considera que desde que los tripulantes fueron trasladados a Israel los hechos quedan ya desconectados de los delitos cometidos a bordo.

De esta forma, la causa no contempla ni lo ocurrido en buques de guerra israelí, ni en aquel Estado, ni tampoco tiene en cuenta los hechos relacionados con centros de detención en suelo israelí, como pedían los querellantes, que en su denuncia incluían delitos de piratería, detención ilegal, torturas y malos tratos, así como delito contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.

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