Llega la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal: ¿En qué consiste?
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
El proyecto prevé limitar la instrucción judicial a 6 y 18 meses, prorrogables indefinidamente, pero sin la posibilidad de que Interior intervenga comunicaciones sin autorización judicial previa.
Así, los ministerios de Justicia e Interior han eliminado de la reforma la posibilidad de que la fuerzas de seguridad del Estado puedan llevar a cabo escuchas telefónicas sin autorización judicial previa ante delitos graves.
Catalá ha dicho que el Gobierno ha optado por eliminar la posibilidad tras atender las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, que las consideraron de "difícil encaje constitucional".
De esta forma, se mantiene la normativa vigente que establece que las escuchas telefónicas tendrán que estar siempre autorizadas por el juez, por lo que Interior solo podrá actuar en los casos de terrorismo.
Asimismo, la reforma atenderá la recomendación del Consejo de Estado sobre la conveniencia de cambiar el término imputado por investigado en las primeras fases de la instrucción, que pasará a denominarse encausado según avance el procedimiento.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha manifestado en varias ocasiones que el término imputado tiene en la actualidad "un nivel de contaminación semántico muy alto", por lo que se ha mostrado favorable a buscar otra fórmula que sea más acorde con la investigación y "no marque" a la persona.
Con todo, el texto que Catalá ha presentado hoy en el Consejo de Ministros para su aprobación definitiva antes de remitirlo a las Cortes mantendrá gran parte de sus principales novedades.
Así, la reforma procesal limitará la instrucción judicial a un plazo de seis meses para las causas ordinarias y de 18 para los sumarios más complejos, que podrán ser ampliables hasta alcanzar los 36 meses, cuando lo considere oportuno el juez instructor y lo apoye el fiscal.
La reforma afectará a la separación de las piezas en los llamados macroprocesos, de manera que se instruirá una causa por cada delito, y regulará por primera vez el registro y la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas como los SMS, WhatsApp y el correo electrónico.
Asimismo, los atestados policiales sin autor conocido no supondrán la apertura de diligencias en los Juzgados, sino que tendrán un carácter administrativo.
Del mismo modo, la reforma introducirá la figura del policía encubierto, que podrá investigar en Internet mediante el uso de una identidad falsa y, además, habrá un nuevo procedimiento para una serie de asuntos de tramitación simplificada como los delitos de conducción en estado de embriaguez y pequeños hurtos.
El texto fijará que los tribunales superiores de Justicia revisen en apelación las sentencias dictadas por las audiencias provinciales y que sea la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional la que se ocupe de las dictadas por este tribunal, en lugar de hacerlo el Supremo.
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