La Mesa del Parlament declarará por rebelión el jueves y el viernes
La Sala de Admisiones del Tribunal Supremo, que integran cinco magistrados, ha admitido a trámite este martes la querella por rebelión, sedición y malversación presentada por la Fiscalía contra los miembros cesados de la Mesa del Parlament que participaron en el denominado 'procés' y la declaración unilateral de independencia. Así, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena Conde ha citado a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell , y a los otros cinco miembros cesados de la Mesa de la Cámara para tomarles declaración los próximos días 2 y 3 de noviembre (este jueves y viernes), a partir de las 9.30 horas. El instructor les recuerda que acuden en calidad de investigados y que tienen que comparecer con abogado.
Tras reanudar la deliberación que inició en la tarde de ayer, el Supremo ha designado instructor de la misma al magistrado Pablo Llarena, que fue portavoz de la asociación mayoritaria en la Carrera, la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).
La querella se presenta contra un total de seis personas: la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, el que fuera miembro de la Mesa hasta el pasado mes de julio y actual presidente del grupo parlamentario de Junts pel Sí Lluís Maria Corominas, los también miembros de la Mesa y diputados del mismo partido Anna Simó, Lluis Guinó y Ramona Barrufet (todos ellos miembros de la Diputación Permanente de este órgano, y, por ello, aforados) y contra el secretario tercero de la misma, Joan Josep Nuet, de Catalunya Sí que es Pot.
El ponente de la resolución será el propio presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y completarán este órgano los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela, han informado fuentes del alto tribunal.
Hasta 30 años de cárcel, por rebelión
Se les atribuye, entre otros, el delito de rebelión, penado con hasta 30 años de cárcel, al entender el Ministerio Público que los "cimientos del Estado de Derecho han sido dinamitados" con sus actos, "realizados con absoluto desprecio" a la Constitución y proclamando la independencia de una parte de la Nación española, que es "patria común e indivisible de todos los Españoles".
Para la Fiscalía, los hechos atribuidos a los parlamentarios "se han desarrollado más allá del territorio de Cataluña y han producido efectos traspasando el territorio de dicha comunidad autónoma, irradiando al resto del territorio nacional". Añade que el aforamiento de todos ellos subsiste en tanto mantienen sus cargos como miembros de la Diputación Permanente del Parlamento de Cataluña. Por ello, se entiende que son aforados ante el alto tribunal y éste acepta su competencia.
Concurrencia de violencia
Sobre los delitos denunciados en la querella, la Sala explicaba que el fiscal alude a la existencia de un delito de rebelión con una extensa argumentación encaminada a justificar la concurrencia de violencia.
Para el alto tribunal, "será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor, confirmen o desmientan su realidad".
Añade en su querella que la violencia que requiere el tipo penal de rebelión "no exige que se esgriman armas, ni combate ni violencias graves contra las personas".
"Se trata de un delito de resultado cortado o de consumación anticipada en el que es suficiente que con el alzamiento se haya producido un peligro objetivo para la consumación de los fines rebeldes", dice para justificar la atribución de este delito, el mismo por el que fueron condenados los responsables del 23-F.
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