TRIBUNAL DE DERECHOS HUMANOS
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Estrasburgo avala no indemnizar como víctimas a la hija y pareja de Josu Muguruza

Ane Muguruza y Elena Bartolomé recibieron en 2001 una indemnización por la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo 32/1999, y pidieron una compensación adicional, que fue rechazada.
Ane Muguruza, hija de Josu Muguruza
Ane Muguruza, hija de Josu Muguruza. Imagen obtenida de un vídeo de EITB

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado este jueves la demanda de la compañera y la hija de Josu Muguruza contra España por la compensación adicional solicitada como víctimas del terrorismo y que fue rechazada.

Ane Muguruza y Elena Bartolomé recibieron en 2001 una indemnización de 138 232,78 euros por la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo 32/1999.

En 2012, solicitaron al Ministerio del Interior español una compensación adicional por "la muerte de su familiar", de acuerdo a la Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

La reclamación fue rechazada porque Josu Muguruza "había sido miembro de ETA y señalando su posición como parlamentario de Herri Batasuna".

Josu Muguruza fue asesinado a tiros el 20 de noviembre de 1984 cuando cenaba en un restaurante madrileño en vísperas de su toma de posesión como diputado de Herri Batasuna en el Congreso de los Diputados.

La Corte europea concluye que las demandantes "no han demostrado la existencia del vínculo entre los procesos penales archivados contra su familiar y los procedimientos de compensación iniciados por ellas", en referencia a la presunción de inocencia.

Como ha hecho en otras cuatro ocasiones, el Tribunal de Estrasburgo ha rechazado aplicar el artículo 6.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo a la presunción de inocencia, que invocaron las demandantes.

El TEDH también ha rechazado la demanda presentada por María Isabel Iturbe Abasolo y Alaitz Pérez de Arenaza Iturbe, familiares de Javier Pérez de Arenaza, asesinado por los GAL en Biarritz en 1984.

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