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La justicia francesa se pronunciará el 9 de junio sobre la liberación del preso de ETA Jakes Esnal

Esnal, de 70 años, lleva 32 años años en prisión cumpliendo una pena de cadena perpetua por su participación en varios atentados en España.
Movilización en Baiona, en 2019, contra la cadena perpetua a los presos de ETA. Foto: EITB Media
Movilización en Baiona, en 2019, contra la cadena perpetua a los presos de ETA. Foto: EITB Media

La sala de aplicación de penas del Tribunal de Apelación de París se pronunciará el próximo 9 de junio sobre la liberación condicional del preso de ETA Jakes Esnal, que está cumpliendo una pena de cadena perpetua por su participación en varios atentados en España en los años ochenta.

En la audiencia celebrada este jueves en la que se comunicó esa fecha, la presidenta de la sala planteó la posibilidad de solicitar un dictamen a la Comisión Pluridisciplinar de Medidas de Seguridad (CPMS), un organismo de carácter consultivo que ya se pronunció en favor de su liberación condicional.

Esnal es uno de los tres miembros del comando 'Argala' de ETA, junto a Frederique Haranburu Xistor y Jon Parot, que fueron capturados en abril de 1990 en Ipar Euskal Herria inmediatamente después del arresto en Sevilla el 2 de ese mismo mes de Henri Parot.

Como los tres tienen nacionalidad francesa y entonces Francia no extraditaba a sus nacionales (eso ha cambiado con las euroórdenes dentro de la Unión Europea), fueron juzgados en París y sentenciados a cadena perpetua.

Haranburu logró obtener la liberación condicional en noviembre de 2020, pero no los otros dos que siguen detenidos en las cárceles de Lannemezan (Esnal) y Muret (Parot), adonde fueron trasladados para estar más cerca de donde viven sus familias.

Si la sala de aplicación de penas accediera a su liberación, la Fiscalía podría recurrir al Supremo pero solo por cuestiones de procedimiento, no de fondo.

Su salida de la cárcel se haría con una serie de condiciones, empezando durante los dos primeros años con la obligación de llevar un brazalete electrónico y de mantener un régimen de arresto domiciliario. En los diez años siguientes tendría una serie de restricciones de movimientos y de obligaciones.

En cuanto a la defensa, en caso de rechazo también dispone de esa misma opción del Supremo y en cualquier caso podría volver a presentar una nueva demanda de liberación condicional.

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