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La AN invalida todo lo investigado por García Castellón en el caso 'Tsunami Democràtic' desde julio de 2021

Así, ha declarado nulas todas las diligencias que el juez instructor Manuel García Castellón acordó con posterioridad al 29 de julio de 2021, fecha en la que dictó un auto de prórroga de seis meses de la investigación. La AN considera que la prórroga fue "extemporánea".
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El juez instructor del caso 'Tsunami Democràtic', Manuel García Castellón. Imagen: EITB

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de una de las investigadas en la causa de 'Tsunami Democràtic', Marta Molina, y ha declarado la invalidez de todas las diligencias que el juez instructor Manuel García Castellón acordó con posterioridad al 29 de julio de 2021, fecha en la que dictó un auto de prórroga de seis meses de la investigación.

En un auto, el tribunal da la razón a la recurrente al considerar que la prórroga fue "extemporánea" y ordena al magistrado que dicte la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de enjuiciamiento Criminal, según el cual el instructor debe decidir si continúa con la causa o dicta el sobreseimiento y para ello, se tendrá que basar solamente en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021.

La Sala da la razón a la recurrente cuando señala que la prórroga que dispone el auto de 30 de julio de 2021 del juez instructor es "extemporánea".

El juzgado consideraba que el plazo de instrucción no llegó a expirar por el auto de 30 de julio de 2021 en el que acordó la prórroga y le "dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna".

Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento del instructor resulta contradictorio. "No cabe sostener sin detrimento de la congruencia, que un plazo finaliza el 29 de julio de 2021 y también que no ha finalizado el día 30 siguiente. Aunque ambos hechos, la expiración y su prórroga sean cercanos –-están separados por menos de 24 horas-- es palmario que lo primero se había producido cuando se acordó lo segundo", dice.

Por todo ello, el tribunal concluye que la proximidad temporal de expiración de plazo y prórroga no indica continuidad en la instrucción, sino precisamente lo contrario: la solución de esa continuidad.

El secretario general de Junts, Jordi Turull, ha criticado la "insolvencia" del juez García Castellón. "Es el colofón del delirio y la insolvencia de este juez y de esta causa de persecución del independentismo por parte de 'La Toga Nostra", ha sostenido en un mensaje en X.

Por su parte, Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont, se ha mostrado convencido de que la justicia deberá archivar la causa contra el expresidente catalán por un delito de terrorismo en las protestas de Tsunami Democràtic: "Ni el Supremo ni la Audiencia Nacional van a hacer acrobacias".

En declaraciones al canal 3/24 de Televisió de Catalunya, el letrado ha celebrado que la AN haya reconocido hoy que la defensas tenían "razón" y haya anulado la investigación del caso desde 29 de julio de 2021, lo que abre la puerta a exculpar a Puigdemont, a la secretaria general de ERC Marta Rovira y a otros investigados por terrorismo.

En opinión del letrado, las acrobacias para esquivar las órdenes de un tribunal superior son "más propias del juez Aguirre", el instructor del caso Volhov que abrió una pieza separada para seguir investigando la supuesta injerencia rusa en el procés pese a que la Audiencia de Barcelona le había obligado a zanjar el caso, al anularle las últimas prórrogas.

ERC ha señalado que tras las "irregularidades" que contiene el caso Tsunami se encuentra la "motivación política" de García Castellón, al tiempo que ha abierto la puerta al retorno de su secretaria general, Marta Rovira, instalada en Suiza desde 2018.

En su nota, ERC afirma que la prórroga de la instrucción "es solo una de las irregularidades cometidas por García Castellón en este caso, en el que siempre ha mostrado una clara intencionalidad política".

Recurso de Alay

En el caso de otro de los recurrentes, el investigado Josep Lluis Alay, la Sala de la AN rechaza su recurso en el que pedía el sobreseimiento como consecuencia de la expiración del plazo de instrucción.

Los magistrados consideran que Alay constaba en esta causa como investigado antes del 29 de julio de 2021, día en que concluyó la fase de instrucción, aunque no hubiere prestado declaración como tal.

La Sala indica que será ahora el juzgado el que, con libertad de criterio y ajustándose a las diligencias practicadas dentro del periodo de instrucción que concluyó el 29 de julio de 2021, resuelva lo que considere oportuno.

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