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El Gobierno Vasco defiende que la fijación de aforos en los estadios de fútbol es una competencia autonómica

Asimismo, el Ejecutivo vasco considera que la fijación del aforo requiere tener en cuenta la situación epidemiológica y otros condicionantes.
Reale Arena.
Reale Arena. Foto de archivo: EITB Media

El Gobierno Vasco ha defendido este martes que la fijación de aforos en los estadios de fútbol es una competencia autonómica y que, en consecuencia, no está obligado a ampliar el límite de espectadores hasta el 60 % del total, tal y como acordó el Consejo Interterritorial a principios de septiembre. Así ha argumentado el Ejecutivo vasco las restricciones de aforo de los estadios establecidas en Euskadi.

El Gobierno Vasco ha presentado sus alegaciones al recurso presentado por la Liga de Fútbol Profesional ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que ha pedido que se eleve el aforo desde el 30 % que permite el Gobierno Vasco hasta el porcentaje aprobado por el Gobierno español.

Sin embargo, el Ejecutivo vasco cree que la fijación del aforo requiere tener en cuenta la situación epidemiológica y otros condicionantes. Además, considera que dicho porcentaje se propone como aforo máximo, "lo que no significa que deba ser necesariamente implantado en todas las Comunidades Autónomas".

El TSJPV dio este lunes al Gobierno Vasco 24 horas para argumentar las restricciones de aforo de los estadios, antes de resolver si cabe indemnizar a la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP) por el perjuicio económico generado. 

En su recurso, LaLiga solicitó que se aplicara en Euskadi "el acuerdo de 1 de septiembre del Consejo Interterritorial" de Sanidad, que había acordado ampliar al 60 % el aforo de espectadores en las competiciones deportivas profesionales celebradas en recintos abiertos.

En las alegaciones presentadas en la sala de lo contencioso-administrativo presidido por el juez Luis Ángel Garrido se señala que el porcentaje de aforo solicitado por la Liga de Fútbol Profesional "no encuentra justificación": "Se dice que encuentran base en el Acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud de 1 de septiembre, pero tampoco se argumenta por qué no se fija el 40, el 70 o el 100%".

El LABI, por su parte, ha motivado su decisión sobre el 30 % basándose en las específica situación epidemiológica y sanitaria de Euskadi en la actualidad. Así, el Servicio Jurídico Central del Gobierno Vasco ha presentado 887 páginas de documentación para motivar sus alegaciones, incluyendo las razones de su decisión.

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