El TSJPV confirma que los repartidores de Glovo son "falsos autónomos"
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 11 de Bilbao, que consideró que los repartidores de Glovo son "falsos autónomos", porque su relación es de "naturaleza laboral", según ha explicado el sindicato ELA.
En un comunicado, la central sindical ha recordado que la resolución judicial de instancia dio la razón a los 53 trabajadores de Glovo que representaba, y la empresa interpuso recurso de suplicación en el TSJPV, que ahora ha declarado firme la sentencia.
ELA ha destacado que la sentencia del alto tribunal es "un paso importante contra la precariedad que padece este sector y que estaba extendiéndose a otros ámbitos", de forma que los repartidores "estarán sujetos a la normativa laboral".
"Llegados a este punto y, siendo ya incuestionable la laboralidad de quienes realizan tareas de reparto para estas plataformas, el reto es otorgarles un marco de protección que vaya más allá del Estatuto de los Trabajadores y de la aplicación del salario mínimo interprofesional", ha añadido.
Por ello, ha anunciado que impulsará la regulación expresa de este colectivo en los convenios colectivos provinciales de hostelería, "garantizando salarios mínimos de 1.200 euros". ELA ha recordado que ya ha impulsado y conseguido un primer convenio sectorial en el sector de la distribución alimentaria.
El sindicato reclamará, además, la devolución de las cuotas abonadas por estas personas como autónomos, y exigirá que se subsane "la falta de cotizaciones" a la Seguridad Social "que debieran haber tenido como personas empleadas por cuenta ajena".
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