Tribunal Supremo
Guardar
Quitar de mi lista

El TS asume la doctrina del TJUE y falla contra la banca en la prescripción para reclamar gastos hipotecarios

Además, descarta una nueva petición de decisión prejudicial, como había sugerido Banco Santander, que es la parte demandada en el caso que acaba de resolver el Supremo.
El Tribunal Supremo ha hecho suya la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Supremo ha hecho suya la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. EFE

El Tribunal Supremo ha hecho suya la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictada el pasado 25 de abril, y ha fijado como criterio que el plazo de prescripción para reclamar gastos hipotecarios, que hayan sido indebidamente pagados por un consumidor, será el de la fecha de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos.

El Supremo, no obstante, prevé que el inicio del plazo comience en una fecha anterior si la entidad prestamista puede probar que, en el marco de sus relaciones contractuales, el consumidor pudo conocer la abusividad de dicha cláusula.

El Supremo recoge así la doctrina que el TJUE incluyó en su sentencia del 25 de abril en la que destacaba que es en la fecha en la que adquiere firmeza la resolución que determina la nulidad de una cláusula cuando el consumidor adquiere un conocimiento cierto de su irregularidad.

Por tanto, es desde esa fecha cuando está en condiciones de hacer valer eficazmente los derechos que le confiere la normativa europea y cuando puede empezar a correr el plazo de prescripción de la acción de restitución, cuyo objetivo principal es restablecer la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula.

En su sentencia, dictada el 14 de junio, el Supremo señala que "no le corresponde" hacer consideraciones de orden doctrinal sobre el contenido de la jurisprudencia del TJUE, ni sobre sus implicaciones en el sistema general de Derecho privado de los diferentes Estados miembros de la Unión Europea.

Además, descarta una nueva petición de decisión prejudicial, como había sugerido Banco Santander --que es la parte demandada en el caso que acaba de resolver el Supremo--, puesto que el tribunal cree que el TJUE ya ha aclarado las cuestiones que levantaba el caso.

De esta forma, dicta sentencia que asume lo resuelto por el TJUE. Así, en el recurso que ha examinado, al no haber probado el banco demandado que los consumidores tuvieran conocimiento de la abusividad de la cláusula de gastos antes de la firmeza de la sentencia que declaró su nulidad, no considera que la acción de restitución estuviera prescrita.

Te puede interesar

Tamara Yagüe, Confebask
18:00 - 20:00
EN DIRECTO
Hace  min.

Confebask prevé que la economía crezca un 2,1% y se creen 10.000 nuevos empleos en Euskadi

Confebask prevé para 2026 en Euskadi un crecimiento del PIB del 2,1%, aunque los riesgos existentes pueden hacer que oscile en una horquilla entre el 1,7% y el 2,6%. Con esta previsión, sería un año similar a 2025 (2,2%) aunque espera un menor dinamismo de la inversión y del empleo, que seguirá alcanzando niveles "récord", pero se reducen de 13.000 a 10.000 los nuevos afiliados previstos.

18:00 - 20:00
EN DIRECTO
Hace  min.

Los ganaderos se muestran a favor, pero también en contra, de vacunar a todo el ganado porque eso puede tener consecuencias económicas

El Gobierno de Navarra quiere vacunar todas las vacas, toros y terneros, algo a lo que también se ha mostrado favorable el sector. En la CAV, por el contrario, varios ganaderos se han mostrado contrarios a ello por considerar que, en caso de vacunarse, repercutiría en el valor económico de la carne. Sin embargo, de aparecer un solo caso, provocaría el sacrificio de todas las reses de la granja.

Cargar más
Publicidad
X