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Airbnb deberá bloquear más de 65 000 anuncios de pisos turísticos ilegales

Los anuncios no incluyen el número de licencia o registro, tampoco indican la naturaleza jurídica de los arrendadores e incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades.
Un cartel que identifica una vivienda turística en San Sebastián. Foto: EFE
Un cartel que identifica una vivienda turística en San Sebastián. Foto: EFE

La compañía Airbnb deberá bloquear cerca de 66 000 anuncios ilegales de viviendas turísticas alojados en su plataforma, tras una orden recibida por parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 del Gobierno de España. 

El Ministerio ha instado a la filial en Irlanda de esta multinacional a eliminar un total de 65 935 anuncios al considerarlos ilícitos por contravenir la normativa sobre la publicidad de este tipo de alojamientos turísticos. En concreto, considera que se vulnera la normativa de las diferentes comunidades autónomas donde Consumo ha detectado estos anuncios. En todos los casos, además, se trata de viviendas completas de uso turístico, sin que aparezcan anuncios de habitaciones individuales.

En los últimos meses, el Ministerio ha remitido a Airbnb hasta tres resoluciones en las que se notificaron anuncios ilegales de viviendas turísticas que se detectaron en su plataforma, resoluciones en las que se instaba a esta empresa a bloquear esta publicidad.

Airbnb recurrió esta acción ante los tribunales para evitar el bloqueo y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se ha pronunciado sobre la primera resolución emitiendo un auto en el que avala las actuaciones de Consumo e e insta Airbnb a eliminar de su plataforma una primera tanda de 5800 anuncios, entre los que se encuentran pisos ubicados en la CAV. 

¿Por qué son ilegales los anuncios de Airbnb?

Desde la Dirección General de Consumo se argumentan tres razones para justificar la ilegalidad de los 65 935 anuncios de pisos turísticos que se han detectado en Airbnb y que estarían incumpliendo diferentes normativas.

En primer lugar, los anuncios no incluyen el número de licencia o registro, algo obligatorio en varias normativas autonómicas, lo que supone la infracción más común en la publicidad que ha sido analizada.

Asimismo, los anuncios no indican la naturaleza jurídica de los arrendadores, de forma que se desconoce si los arrendadores son profesionales o particulares, una cuestión que resulta fundamental para saber si quien contrata está protegido como consumidor o no.

En tercer lugar, los anuncios incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades, práctica que "puede inducir a error o a engaño" a los consumidores.

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