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Condenan a Sidenor y al Ayuntamiento de Legazpi a indemnizar a un trabajador por amianto

El TSJPV ha rechazado los recursos de la empresa y el consistorio y ha ratificado la condena de 376 305 euros por exposición al amianto.
Desde temprano, desde que se ha propagado la triste noticia la consternación es más que palpable en la localidad de Legazpi. Andoni Zabaleta e Igor Iñurritegi de 45 y 42 años eran muy conocidos en el pueblo, estaban involucrados en todo tipo de actividades.
Ayuntamiento de Legazpi.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado los recursos presentados por CIE Legazpi, Sidenor Aceros Especiales y el Ayuntamiento de Legazpi, y ha ratificado la sentencia que les obliga a indemnizar con 376 305 euros a un trabajador afectado por amianto.

Según ha informado este lunes la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie), la Sala de lo Social del TSJPV confirma el fallo del Juzgado de Eibar, desestimando las alegaciones de las empresas y el consistorio.

El trabajador, diagnosticado en octubre de 2023 con un mesotelioma pleural maligno, comenzó su carrera laboral en 1970 como pinche en la extinta Patricio Echeverria, donde manipuló hornos aislados con amianto sin equipos de protección ni información sobre los riesgos, según denuncia Asviamie.

Entre 1979 y 2016 trabajó en el Ayuntamiento de Legazpi como encargado de aguas, participando en reparaciones de conducciones de fibrocemento sin que se le informara del riesgo ni se le realizaran reconocimientos médicos específicos.

En agosto de 2024, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció una Incapacidad Absoluta derivada de enfermedad profesional.

Asviamie destaca que el Ayuntamiento argumentó en su recurso que la exposición al amianto fue "imposible de determinar", mientras que las empresas alegaron que "no quedó acreditada la exposición" y que entonces no existía normativa obligatoria.

La asociación subraya que la normativa para prevenir daños por amianto ya existía antes de 1982 y fue incumplida por las empresas. Por ello, el TSJPV ha rechazado los recursos y confirmado la condena.

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