Absuelto el doctor Vela en el juicio de bebés robados al haber prescrito los delitos
Sentencia absolutoria por prescripción en el primer juicio celebrado en el Estado por el caso de los bebés robados. La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al doctor Eduardo Vela de los delitos de detención ilegal, suposición del parto y falsedad documental en relación a un caso de bebés robados de 1969. La acusación recurrirá en el Supremo.
En una sentencia notificada este lunes, los magistrados le consideran responsable de los citados delitos, pero le absuelven al entender que están prescritos. Consideran como fecha de prescripción el momento en el que la denunciante, Inés Madrigal, alcanzó la mayoría de edad (en 1987).
Con todo, la resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la sala II el Tribunal Supremo. De hecho, Madrigal ha anunciado que recurrirá ante el Supremo.
La mujer ha declarado tener una sensación "agridulce": "contenta" por el reconocimiento de que la "arrebataron" de su madre, pero decepcionada porque se hayan considerado prescritos los hechos. A su juicio, el tribunal debería haber sido "valiente" y haberse "tirado al barro".

Madrigal, contesta a los medios tras conocer el fallo. Foto: EFE
Vela, considerado autor de los delitos
Las magistradas consideran a Vela autor de los tres delitos "de forma incontestable" cuando en 1969 entregó al matrimonio formado por Inés Pérez y Pablo Madrigal a "una niña de pocos días de edad fuera de los cauces legales, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz".
"Y todo ello sin que conste que hubiera mediado consentimiento ni tan siquiera conocimiento por parte de los progenitores del recién nacido, siendo el acusado, la persona que hizo la certificación falaz acerca del supuesto parto de Inés, a sabiendas de que tal hecho no era cierto", añade la sentencia de 61 paginas.
Pese a quedar probado que el doctor Vela certificó con su puño y letra que Inés Pérez dio a luz en su presencia el 4 de junio de 1969 a una niña, lo que jamás tuvo lugar, que esa niña fue entregada sin consentimiento a aquel matrimonio y que gracias a estas maniobras la recién nacida pudo ser inscrita en el Registro Civil como su hija biológica, las magistradas le absuelven por prescribir los delitos.
La Sala acoge así la tesis de la defensa que consideraba que los hechos habían prescrito, pues al tratarse de tres delitos conexos, el plazo de prescripción se toma a partir del más grave, que en este caso es el de detención ilegal, de 10 años, por lo que cuando Inés Madrigal denunció los hechos en 2012, los delitos habían prescrito hacía ya 15 años. Y aunque la detención ilegal tiene carácter permanente, esto es, que su consumación no se agota en el acto de la sustracción sino "que continúa ejecutándose mientras se mantiene la situación de encierro o privación de libertad", la Sala admite que "la limitación de libertad termina en el momento en que el menor alcanza la mayoría de edad".
Vela fue director de la clínica San Ramón, considerada el epicentro del entramado del presunto tráfico de niños. En la vista oral, el acusado negó los delitos que se le imputan y su defensa alegó prescripción. La acusación pidió 13 años de cárcel, y el fiscal mantuvo su petición de condena de 11 años de prisión.
Madrigal supo la verdad en 2010
Con 18 años, sus padres confesaron a Inés Madrigal, presidenta de S.O.S Bebés Robados, que era adoptada y en 2010, su madre le contó la verdad sobre su nacimiento. Madrigal decidió llevarlo a los tribunales dos años después.
Miles de casos de bebés robados han sido archivados al estar prescritos, pero el de la presidenta de S.O.S Bebés Robados siguió adelante.
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