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El fotógrafo Kote Cabezudo, condenado a 2 años y 3 meses por obstruir a la Justicia

Además, el juez le impone una multa de 5.040 euros y le obliga a compensar con otros 8.000 euros a una testigo a la que trató de "intimidar" colgando una fotografía suya desnuda en una red social.
Concentración que reclama justicia para las víctimas de Kote Cabezudo. EFE
Concentración que reclama justicia para las víctimas de Kote Cabezudo. Foto de archivo: EFE

Un juzgado de San Sebastián ha condenado a dos años y tres meses de cárcel, por un delito de obstrucción a la Justicia en concurso con otro de coacciones, al fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo, quien se encuentra en prisión provisional a la espera de juicio por abusos a algunas de sus modelos.

El fallo, el primero que se dicta en contra de Cabezudo, corresponde a uno de los múltiples asuntos desgajados de la causa principal en la que es investigado por abusos a modelos, estafa, agresión sexual y elaboración de pornografía infantil entre otros delitos.

Además de la pena de cárcel, la resolución judicial impone al procesado una multa de 5.040 euros y le obliga a compensar con otros 8.000 euros por los daños morales causados a la víctima, una testigo del proceso judicial a la que trató de "intimidar" colgando una fotografía suya desnuda en una red social.

Según la resolución judicial, los hechos se produjeron un día después de que la perjudicada se personara como acusación particular en la causa abierta contra Cabezudo, quien subió "a través de su perfil particular" en una conocida red social una imagen en la que esta mujer "aparecía desnuda, con el cuerpo pixelado pero siendo reconocible su rostro".

La resolución concreta que el imputado llevó a cabo estos hechos "con la finalidad de intimidar y atemorizar" a la joven "y, de esta manera, influir en la declaración que iba a presentar" en el caso, ya que Cabezudo conocía su "temor" y "preocupación" a que se publicaran "otras imágenes suyas de desnudos integrales" que "le había hecho durante las sesiones fotográficas".

El escrito aclara que en 2016 la mujer fue derivada a una unidad de salud mental por "un estado de ansiedad con afectación del sueño y cuadro reactivo a intenso estrés laboral", mientras que en 2017, en un nuevo proceso clínico, se le apreció una sintomatología de "alteraciones en la afectividad" y de "baja autoestima" entre otras, por lo que se le diagnosticó un trastorno de ansiedad.

La defensa de Cabezudo ha anunciado ya su intención de recurrir esta sentencia en apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa.

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