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El BOE publica el régimen sancionador por incumplir las medidas en Navarra

Se especifican las infracciones que se consideran leves, graves y muy graves, atendiendo a diferentes criterios, como el riesgo para la salud o el grado de intencionalidad, entre otros.
Parque cerrado en Navarra.
Parque cerrado en Navarra. Imagen de archivo: EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes el decreto-foral por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en Navarra.

En él, se especifican las infracciones que se consideran leves, graves y muy graves, atendiendo a criterios de riesgo para la salud, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia.

En cuanto a las sanciones, se recoge que las muy graves serán sancionadas con una multa de entre 60 001 euros y 600 000 euros; las graves serán sancionadas con multa de entre 3 001 euros y 60 000 euros y las leves con multa de entre 100 y 3 000 euros.

Sin perjuicio de las multas, se podrá acordar, previa audiencia del interesado, sanciones accesorias como el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio donde se haya producido la infracción o la prohibición de realizar la actividad, durante el plazo máximo de cinco años.

Cuando la sanción propuesta consista en una multa, su abono antes de que transcurra el plazo establecido en la resolución de inicio del expediente sancionador, supondrá el reconocimiento de la responsabilidad en la comisión de los hechos, reduciéndose el importe de la sanción en un 50% del importe de la cuantía.

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