Aprobado el proyecto de la nueva Ley de Igualdad, con ayudas para huérfanos
La futura ley vasca de Igualdad de Mujeres y Hombres obligará a las administraciones a garantizar ayudas económicas para los y las hijos e hijas huérfanas de víctimas mortales de la violencia machista. Asimismo, se prevé que la administración conceda ayudas en el caso de que no se procediera al pago de las indemnizaciones establecidas por los juzgados.
Esta es una de las novedades recogidas en el proyecto de ley de modificación de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres que ha aprobado este martes el Consejo de Gobierno y que a partir de ahora será remitido al Parlamento Vasco para su tramitación y debate de las enmiendas que presenten los grupos.
Sin embargo, la ley tiene asegurada su aprobación ya que los socios del Gobierno Vasco, PNV y PSE-EE, suman mayoría en la Cámara de Vitoria-Gasteiz. La consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, Beatriz Artolazabal, ha confiado en rueda de prensa en que esté aprobada antes del verano.
El texto, que modifica la normativa vigente desde el año 2005, es el mismo que elaboró la pasada legislatura Emakunde y que aprobó como proyecto de ley el Consejo de Gobierno a finales del pasado mes de enero pero que decayó en el Parlamento al disolverse la Cámara.
Su principal objetivo es avanzar hacia "un gran país por la igualdad y contra la violencia machista" y reforzar las políticas al nuevo contexto jurídico, normativo y social, ha destacado la consejera.
Nuevas ayudas
Incluye un apartado específico sobre la violencia machista en el que se señala que las administraciones públicas vascas tendrán que garantizar ayudas de pago único para víctimas que acrediten insuficiencia de recursos económicos y especiales dificultades para obtener empleo que cubrirían los impagos de las indemnizaciones que establecen los juzgados en sentencias que no se cumplen, ha explicado. Para ello, se pondrá en marcha una prueba piloto con una dotación inicial de 500 000 euros.
Además se destinarán ayudas económicas "para los hijos e hijas huérfanas de víctimas mortales", cuyas cuantías y duración no se especifican en el texto pero que se concretarán cuando finalmente se apruebe la ley. No obstante, Artolazabal ha avanzado que podrían alcanzar los 5000 euro anuales hasta cumplir la mayoría de edad.

Artolazabal y Zupiria, en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno. Foto: EFE
"Abarca toda violencia que se ejerza contra las mujeres, incluidas las niñas y adolescentes y las mujeres transexuales, por el hecho de ser mujeres o que les afecte de forma desproporcionada, tanto en el ámbito público como en el privado".
"La violencia se puede ejercer tanto por acción como por omisión y los medios para ejercerla pueden ser físicos, psicológicos, económicos", incluidas las amenazas, intimidaciones y coacciones, que tengan como resultado un daño, sufrimiento o perjuicio físico, sexual, psicológico, social".
Violencias machistas
El texto abarca la violencia en la pareja o expareja, la intrafamiliar, la violencia sexual, el feminicidio, la trata de mujeres y niñas, la explotación sexual, la mutilación genital femenina, los matrimonios forzosos, la coacción o privación arbitraria de libertad, la tortura, el acoso y la violencia política de género.
Y además de las mujeres, son víctimas los niños y adolescentes y otras personas dependientes que estén expuestas a un entorno en el que se ejerza dicha violencia.
Las administraciones deberán asegurar el derecho que toda víctima tiene a una atención prioritaria, integral, gratuita, accesible y de calidad y tendrán que considerar a estas personas como un colectivo de atención preferente.
En general, la ley prohíbe toda discriminación basada en el sexo de las personas, tanto directa como indirecta y cualquiera que sea la forma utilizada para ello.
Las administraciones tendrán que incorporar la perspectiva de género en todas sus políticas y por ejemplo el principio de representación equilibrada se aplicará en el nombramiento de jurados, tribunales de selección y demás órganos administrativos y en la designación de cargos públicos y de personas integrantes de los consejos de administración de las sociedades públicas.
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