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El Tribunal Supremo rebaja a la mitad la condena a Juana Rivas

La Sala de lo Penal ha considerado que la acusada cometió un único delito y no dos, como sostuvo en su momento la Audiencia de Granada.
Juana Rivas, el día de su juicio. Foto de archivo: EiTB Media

El Tribunal Supremo ha rebajado la condena a Juana Rivas de cinco años a dos años y seis meses de prisión por un delito de sustracción de menores.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que estima parcialmente el recurso de la madre y le rebaja la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos, como sí sostenía, en cambio, la Audiencia de Granada.

Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando esta madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él. El italiano Francesco Arcuri fue condenado en 2009 por agredir a Rivas, quien lo volvió a denunciar por maltrato en 2016.

Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron entonces que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.

El tribunal explica ahora que, cuando en un mismo acto son varios los menores trasladados o detenidos, no se produce un concurso de delitos, sino uno solo al lesionarse el derecho de custodia del progenitor con quien el menor o los menores conviven.

Los niños permanecen actualmente en Italia con la expareja de la acusada.

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Estitxu Garai, Joxerramon Bengoetxea y Asier Blas



EUROPA PRESS

17/9/2025
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