El Consejo Interterritorial fija las restricciones a la hostelería y al ocio nocturno
El Consejo Interterritorial de Salud ha establecido, sin unanimidad de las comunidades autónomas, las restricciones que se aplicarán a la hostelería y al ocio nocturno hasta que el 70 % de la población esté vacunada.
Según el nuevo plan, que será de obligado cumplimiento en todo el Estado, el ocio nocturno podrá abrir como máximo hasta las 03:00 de la mañana en los territorios con más baja incidencia, y la hostelería podrá hacerlo hasta la 01:00.
La propuesta del Ministerio de Sanidad no ha contado con el respaldo de todas las comunidades, entre ellas Euskadi.
El departamento de Salud del Gobierno Vasco no ha participado en el debate y en la votación del documento al entender que "invade" sus competencias, ya que parte de estas medidas "chocan" con las establecidas por el Consejo Asesor del LABI, que el pasado lunes decidió que los bares y restaurantes pueden ampliar su horario hasta la medianoche.
Tampoco han apoyado la iniciativa Cataluña, Galicia, Andalucia, Madrid y Murcia.
A partir de ahora, y siempre que la comunidad esté en nivel cero de riesgo (incidencia acumulada entre 0 y 25 casos) o nivel 1 (25-50), en los locales de ocio nocturno y discotecas, el consumo de bebidas y alimentos, tanto en interiores como exteriores, se hará sentado, con una separación entre las sillas de distintas mesas de al menos 1,5 metros.
No podrán abrir más allá de las 02:00 horas ni superar el 50 % de aforo en el interior; las terrazas al aire libre podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, que solo podrán estar ocupadas por un máximo de 6 personas en lugares cerrados y 10 en el exterior.
Si el territorio llegara al nivel de alerta 2 (50-150), la comunidad podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el semáforo de Sanidad, que reduce el aforo a un tercio.
Con una incidencia acumulada inferior a 50 casos, los locales de ocio nocturno podrán ampliar su horario de cierre hasta las 03:00 horas.
Respecto a la hostelería, si el territorio está fuera de los niveles de riesgo, se permitirá la mitad del aforo en el interior, pudiéndose incrementar en un 10 % si se aplican medidas que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.
En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas separadas por 1,5 metros y ocupadas al máximo por 6 personas en interior y 10 en exterior. Se permite el servicio y consumo en barra.
Como máximo podrán estar abiertos hasta la 01:00 y se dejará de servir a las 24:00 horas.
Y en los eventos multitudinarios, se aplicarán las medidas de control de riesgos propuestas en el denominado semáforo del Ministerio de Sanidad, que van de la prohibición de comer, beber y fumar en las zonas destinadas al público al uso obligatorio de mascarilla.
El acuerdo alcanzado también fija la obligatoriedad de implementar la campaña de vacunación siguiendo la estrategia de vacunación aprobada por la Comisión de Salud Pública a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones.
Además, establece la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos 2 metros, incluyendo cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.
El nuevo plan entrará en vigor cuando se publique en el BOE y expirará cuando se alcance el 70 % de la población vacunada.
VÍDEO | El ocio nocturno seguirá cerrado en Euskadi
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