El Gobierno español aprueba el proyecto de ley del "solo sí es sí"
El Consejo de Ministros del Gobierno español ha aprobado el proyecto de ley de Garantías de la Libertad Sexual, también conocida como ley del "solo sí es sí", que, entre otras novedades, redefine el consentimiento para adaptarlo al Convenio de Estambul (el tratado europeo contra la violencia machista). También propone eliminar el delito de abuso sexual y tipificar las violencias sexuales como agresiones.
El texto iniciará así su tramitación parlamentaria, tras haberse sometido a las aportaciones de la Fiscalía, el CGPJ y el Consejo de Estado. Se prevé que el proyecto llegue al Congreso en septiembre.
La nueva definición del consentimiento tiene como objetivo evitar sentencias como las emitidas en primera instancia sobre el caso de La Manada, la violación múltiple a una joven en sanfermines de 2016. En la actualidad, solo se considera violación en los casos que se produzca con violencia o intimidación. El proyecto, en cambio, aboga por regular esos delitos en base al consentimiento y lo hace con una redacción "en positivo" y no "en negativo" como hasta ahora. Es decir, que "solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona" (solo sí es sí).
El texto se adecúa, por tanto, al Convenio de Estambul en su artículo 36.2. Según se destaca desde el Ministerio de Igualdad, promotor del proyecto, las víctimas "ya no tendrán que acreditar que se han resistido o que ha habido violencia". De esta forma, se entiende que "todo acto sexual sin consentimiento será agresión".
Otra de las novedades es que se elimina el delito de abuso sexual del Código Penal y se tipifican las violencias sexuales (desde el acoso callejero hasta la violaciones grupales) como agresiones. Se establece un sistema progresivo. El equipo de la ministra de Igualdad, Irene Montero, cree que esta norma da también "una respuesta más amplia y acorde a las múltiples manifestaciones de violencias sexuales", desde las más "leves" a las más "graves" y recoge, además, "un catálogo de agravantes específicas, entre las que se encuentran las agresiones grupales, la existencia de una grave violencia o un daño también grave a la víctima" en los términos del artículo 46 del Convenio de Estambul, la especial vulnerabilidad de esta, o el uso de armas o medios peligrosos.
Además, se equiparan las víctimas de violencia sexual a las de violencia de género (aquella ejercida unicamente por parejas o exparejas). También se incluye en la norma la protección "a todas las mujeres, niñas y niños con independencia de su situación administrativa, su etnia o nacionalidad", así como a las víctimas de trata y explotación sexual bajo la premisa "todas las violencias, todas las mujeres".
La norma también recoge líneas de acción contra la industria de la prostitución al incorporar sanciones a proxenetas que, de manera habitual y con ánimo de lucro, utilicen pisos o instalaciones para explotar sexualmente a mujeres.
Por último, cabe destacar que se destinarán recursos y se habilitarán "centros de crisis 24 horas" para las víctimas de violencias machistas, interpongan o no denuncia.
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