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Todo sobre las tres nuevas bajas laborales por reglas dolorosas, aborto y embarazo en la semana 39

Desde hoy, las mujeres de Hegoalde tienen derecho a solicitar una baja por reglas incapacitantes, son las primeras en poder hacerlo en Europa. Además, han entrado en vigor otras dos bajas más. Analizamos las claves de estas medidas ¿Cómo funcionan?, ¿cómo pedirlas?, ¿quién asume el gasto?
Gráfico: EITB Media
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Desde este jueves, 1 de junio, las mujeres de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) y Navarra tienen ampliados sus derechos laborales ya que pueden solicitar la baja médica de incapacidad temporal en tres nuevos supuestos: menstruaciones dolorosas e incapacitantes, interrupción (deseada a no) del embarazo y preparto en la semana 39 del embarazo.

El Estado español se ha convertido, de este modo, en el primero en la Unión Europea en reconocer el derecho a baja a las mujeres con reglas dolorosas. Fuera de Europa, la medida tampoco está muy extendida, con la salvedad de Asia, donde países como Japón o Corea del Sur la contemplan en su legislación.

Estas bajas estaban recogidas en la reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, comúnmente conocida como ley del aborto, que entró en vigor el pasado 1 de marzo y que ya establecía que estas medidas se pondrían en marcha tres meses después (1 de junio). Resumimos los puntos más importantes de estos nuevos derechos laborales de las mujeres:

¿Qué es una menstruación incapacitante?

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La propia norma define en qué consiste una regla incapacitante (dismenorrea) y cita varias enfermedades asociadas como la endometriosis, los miomas o los ovarios poliquísticos. Todas estas patologías pueden provocar fuerte dolor abdominal durante el sangrado, las relaciones sexuales o al defecar, entre otros síntomas.

Desde hoy, todas estas mujeres podrán acudir a su médica/médico de cabecera para solicitar la baja por incapacidad temporal. Hasta ahora, cabía esa posibilidad, aunque se comenzaba a cobrar a partir del cuarto día y la Seguridad Social asumía el 60 % de la base reguladora (aunque numerosos convenios laborales sí pagan desde el principio). En adelante, la baja será abonada desde el primer día por la Seguridad Social al 100 %, y además, no se exigirá cotización previa a la empleada —sí ocurre en otro tipo de bajas—.

La regulación pretende blindar los derechos laborales de dichas mujeres y que estas no sean discriminadas en el trabajo por su situación. Así, si fueran despedidas durante su baja sin aportar otra causa su despido podría ser declarado nulo.

Desde EndoEuskadi, la asociación de enfermas de endometriosis, valoran positivamente la medida, aunque consideran que se debe hacer más para luchar contra esta patología que afecta al 10 % de las féminas:

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Otras dos nuevas bajas

La reforma de la ley del aborto incluye otras dos nuevas bajas: una para recuperarse de las secuelas físicas o emocionales que pudieran derivar de una interrupción del embarazo y otra por gestación en la semana 39.

En ambos casos, corresponde a la empresa asumir el coste del primer día de baja, que será abonada por la Seguridad Social a partir del segundo. Solo en el caso de la baja preparto se pedirá cotización previa a la trabajadora.

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