El Gobierno de Navarra recurre el auto de la suspensión cautelar del concierto de Miravalles-El Redín
El Gobierno de Navarra ha interpuesto ante del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) un recurso de reposición contra el auto relativo a la suspensión cautelar del concierto de Bachillerato del colegio Miravalles-El Redín.
El Ejecutivo argumenta que "no supone un perjuicio económico para las familias del alumnado ni impide que el centro continúe con el modelo educativo de educación diferenciada".
En concreto, según detalla en un comunicado, señala que "la resolución administrativa no obliga a que el centro integre al alumnado en centros mixtos, ni impone la reconfiguración de los centros".
Respecto al aspecto económico, el coste de la extinción del concierto recae sólo en el centro, que no alega imposibilidad de hacer frente al mismo. De dictarse una sentencia estimatoria, la cuantía correspondiente se le abonará, con los intereses oportunos, de modo que esa razón no habilita la suspensión acordada por la Sala.
El recurso indica que "el centro va a asumir el coste de la pérdida del concierto, por lo que no afecta a las familias". Además, el Gobierno argumenta que los centros y las familias conocían la extinción del concierto, y éstas podrían haber optado por otros centros.
"Los datos demuestran que las familias no se han sentido abocadas al cambio de modelo educativo, ni se han visto amenazadas por una posible alteración del sistema de educación diferenciada", concluye.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) suspendió cautelarmente la extinción del concierto educativo de Bachillerato correspondiente al colegio Miravalles-El Redín, adoptada por el Departamento de Educación del Gobierno Foral, por haber mantenido la educación diferenciada.
A juicio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, las adaptaciones al nuevo modelo sin financiación pública pueden frustrar la finalidad legítima del recurso. Y es que ésta, añade el Tribunal, en el sentido tradicional de "daños de difícil o imposible reparación", no debe entenderse en sentido económico como "daños de difícil o imposible reparación económica" como pretende el Gobierno de Navarra, sino como equivalente a "impeditivo o gravemente obstaculizante del disfrute de tal derecho a la tutela judicial efectiva" o lo que es igual.
Los magistrados sostienen que la ejecución del acto administrativo supondría, en su caso, una adaptación a un nuevo modelo educativo (educación mixta), una reconfiguración de la composición y organización estructural de los centros y grupos e, incluso para aquellos alumnos que no pudieran hacer frente al nuevo escenario, una recolocación en otros centros concertados o públicos.
Al igual que sucedió con Miravalles-El Redín, el TSJN también ha suspendido cautelarmente la extinción del concierto educativo de Bachillerato correspondiente al colegio Irabia-Izaga adoptada por el Departamento de Educación del Gobierno Foral por haber mantenido la educación diferenciada.
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