SENTENCIA CONTRA EL EUSKERA
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Un Juzgado donostiarra dictamina que no es necesario saber euskera para ser policía municipal en San Sebastián

La sentencia defiende que "sería suficiente, con carácter general, con que uno de los integrantes de cada pareja conozca el euskera" y considera "discriminatorio" que se exija a todos su conocimiento "para acceder a un puesto público". El Ayuntamiento tiene la posibilidad de recurrir.
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Tres polícias municipales de Donostia en el paseo de la Concha. Foto: EFE

Desde 2020, diferentes juzgados y tribunales de Hego Euskal Herria han emitido, al menos, 17 sentencias anulando cláusulas, condiciones o requisitos sobre el euskera en las convocatorias públicas. La última se ha conocido hoy mismo, aunque se dictó el 22 de diciembre. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Donostia-San Sebastián declaró nula la convocatoria de empleo de Guardia Municipal que el Ayuntamiento de Donostia aprobó en Junta de Gobierno Local el 20 de diciembre de 2022 y que exigía tener el perfil lingüístico B2 de euskera.

Según la información publicada hoy, la sentencia señala que esta petición lingüística es "discriminatoria" y que "se ha vulnerado el derecho fundamental del recurrente en el artículo 23.2 de la Constitución Española".

El proceso parte del recurso interpuesto por un particular. Esta persona presentó una demanda contra el Ayuntamiento de San Sebastián porque en las bases de la convocatoria del proceso de estabilización de algunos puestos de policía municipal se exigía el perfil lingüístico de euskera como requisito para acceder a dos plazas. Él no tenía ese nivel.

El Ayuntamiento desestimó el recurso alegando que "la exigencia del referido perfil lingüístico de euskera se justificaba para garantizar la atención a la ciudadanía en euskera".

Este particular interpuso un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, que le ha dado la razón al considerar "discriminatoria" la petición del Ayuntamiento. En línea con el camino marcado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), la sentencia señala que  "la administración ha de buscar la vía para garantizar la posibilidad de que los ciudadanos puedan relacionarse con ella en euskera sin que ello suponga una discriminación en su derecho a acceder al empleo público para los ciudadanos que no conocen ese idioma".

Así, la sentencia destaca que el conocimiento del euskera es "un derecho", pero "no una obligación". Y, por ello, el juez considera que no es necesario que todos los policías locales sepan euskera, "sería suficiente, con carácter general, con que uno de los integrantes de cada pareja conozca el euskera" explica.

El recurso fue presentado por el abogado Francisco Ignacio López Lera, el mismo profesional que llevó los casos de Uliazpi e Irun. En su primera valoración a Radio Euskadi se ha mostrado satisfecho con la sentencia y ha remarcado que "los jueces, a pesar de la presiones a nivel político que tienen, están ejerciendo justicia, no se están inventando nada y no están atacando el euskera", ha dicho, "simplemente hay unos derechos fundamentales que prevalencen por encima de otros hipotéticos".

La sentencia ha sido dictada en primera instancia, por lo que el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián la podría recurrir.

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