12 años de cárcel para un padre por maltratar y agredir sexualmente a su hija en Tierra Estella
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a un total de 12 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente de forma continuada a una hija, desde que tenía 13 años hasta los 17, y a la que también maltrató habitualmente.
La sentencia, que ha sido recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, condena al procesado, actualmente de 40 años, a 9 años por un delito continuado de agresión sexual, 1 año y 9 meses por un delito de violencia habitual y 7 meses y 15 días por cada uno de los dos delitos de violencia física familiar.
Además, le ha impuesto una prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima de 12 años, así como una medida de libertad vigilada por un tiempo de 6 años, a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad. La hija renunció en su día a reclamar indemnización alguna.
La víctima convivía con sus padres y hermanas en una localidad de Tierra Estella y desde 2011, cuando la niña tenía 6 años, hasta 2015, cuando tenía 10, según recoge la sentencia, el padre se relacionaba con su hija "con conductas agresivas y violentas, física y verbalmente, de forma reiterada".
"Con la intención de menoscabar su integridad física, le daba empujones, bofetadas, patadas, cuando el comportamiento de la menor no era acorde con lo que quería su padre", recoge.
Estos comportamientos cesaron por un tiempo, pero se recrudecieron cuando cumplió 13. La insultaba, vejaba y controlaba. "Con ánimo de satisfacer su deseo sexual", comenzó a realizarle tocamientos empleando la fuerza que, según se apunta, se repetían con frecuencia casi diaria, cuando la madre no se encontraba en el domicilio familiar.
Ante el temor de que su padre comenzara a tener relaciones sexuales con ella, el 15 de junio de 2022 se fue a otra ciudad. La joven, que tenía una relación de pareja con un chico, decidió no volver a su casa y formular la denuncia correspondiente, lo que supuso que su familia rompiera relaciones con ella. Fue acogida de urgencia por los Servicios Sociales, e ingresó en un centro de acogida.
La sentencia considera probado que el inculpado ha causado en su hija, desde que tenía 6 años, "un daño físico y psicológico enorme, sometiéndola a una convivencia familiar basada en la dominación, temor, la violencia física y sicológica, así como la humillación".
La víctima se encuentra en tratamiento psicológico y psiquiátrico, y presenta incomodidad respecto del sexo, malestar emocional y ansiedad con diversas crisis. Padece trastorno mixto ansioso-depresivo.
Para la Sección Primera, el testimonio de la joven constituye "prueba de cargo suficiente para tener por desvirtuado el derecho a la presunción de inocencia del acusado, al reunir ese conjunto de elementos que le hacen gozar de dicha naturaleza".
Los magistrados descartan motivaciones espurias en la interposición de la denuncia y no advierten ánimo de venganza, sino la sola voluntad manifestada de que los hechos fueran enjuiciados y proteger a sus hermanas.
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