El TSJPV anula la obligación de hacer deporte escolar en Gipuzkoa para poder apuntarse a un club deportivo
La normativa de la Diputación de Gipuzkoa que regula la práctica deportiva de las y los menores de 13 años consideraba requisito indispensable la participación en el programa de deporte escolar Multikirolak para poder inscribirse en un club deportivo. Una norma que perseguía priorizar un modelo de iniciación en múltiples deportes frente a un modelo de especialización en una única modalidad deportiva y que desde ayer queda anulada.
Atendiendo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un padre de familia de Pasaia (Gipuzkoa), el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco emitió ayer una sentencia en la se reconoce el derecho de dos niñas a inscribirse en un club deportivo en sin tener que participar en el programa de deporte escolar. El demandante reclamaba que sus dos hijas, de 9 y 11 años, pudieran inscribirse en el club de baloncesto Askatuak sin tener que participar en el programa Multikirolak de la Diputación de Gipuzkoa.
El fallo declara "nulas de pleno derecho" varios apartados de la Orden foral KG-2023-0314 y de la Orden Foral 40-133/2021, de 29 de junio y "reconoce expresamente el derecho de Maddi y Eider a inscribirse, en adelante, en la unidad de iniciación deportiva que deseen, sin necesidad de encontrarse inscritas y participar en el programa polideportivo de su centro escolar".
En su argumentación, el TSJPV afirma que "la polideportividad" tiene que ser "preferente" pero "no obligatoria" porque es "contrario al espíritu de la Ley Vasca de Deporte" y considera que la "exigencia" de la Diputación de Gipuzkoa "es contraria a derecho y atenta contra el derecho individual de los menores". "Aunque la Ley vasca de Deporte contempla el régimen de polideportividad como preferente, lo legítimo será que las políticas públicas de los órganos con potestad ejecutiva vayan encaminadas a fomentar o promover esa preferencia, pero nunca a imponerla", reza la sentencia.
Asimismo, el TSJPV considera que la normativa impugnada en Gipuzkoa "rompe la homogeneización del resto de territorios históricos de la CAV", ya que en Bizkaia y Álava, añade el fallo, "se sigue un modelo de polideportividad preferente, pero en ningún caso obligatorio". "La normativa impugnada rompe esa homogeneización del resto de territorios históricos quebrando el "mínimo denominador normativo común" para dicho ámbito autonómico que los Territorios Históricos deben
respetar al ejercer sus competencias de desarrollo".
Finalmente, el Tribunal también incide en que "los menores han de ser oídos, aun sin despreciar los argumentos de la Diputación Foral respecto a los riesgos de una precoz especialización y de la persecución de la protección del desarrollo educativo integral del menor a través del deporte, no puede en modo alguno obviarse tampoco las elecciones y preferencias de los menores en el desarrollo de la práctica deportiva".
Recurso
El Departamento de Deportes de la Diputación de Gipuzkoa ha anunciado que recurrirá la sentencia en el Tribunal Supremo y seguirá "defendiendo la multideportividad como veníamos realizándola, porque seguimos teniendo muy claro que es modelo de iniciación deportiva en Gipuzkoa tiene grandes beneficios para el desarrollo de los menores y la formación de las personas".
Según ha señalado la diputada de Deportes, Goizane Álvarez, se abre ahora "un periodo de análisis y reflexión" y "toda consideración de vulneración de algún derecho de las familias o menores será atendido, pero siempre teniendo en cuenta las diferentes realidades que existen en Gipuzkoa".
En esa línea, la diputada hace "una férrea defensa" del programa guipuzcoano, que "con mucho esfuerzo ha conseguido pasar de un modelo de iniciación deportiva diseñado para adultos a un modelo pensado en el beneficio de las y los menores, y lo vamos a seguir haciendo". "Son políticas que están respaldadas por una base científica, que avala evitar la especialización temprana", ha argumentado, en una nota.
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