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Condenado un entrenador de béisbol que besó a una jugadora menor de edad en Navarra

El entrenador ha sido condenado como autor de un delito de agresión sexual de menor entidad, con una multa y al pago de 2000 euros por daños morales, además de inhabilitación especial para cualquier actividad que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo de dos años y medio.
Palacio de Justicia de Navarra.
Palacio de Justicia de Navarra.

La sección primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado la sentencia dictada en julio de 2024 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona que condenó a un entrenador de béisbol por besar varias veces a una jugadora menor de edad sin su consentimiento.

El entrenador fue condenado, como autor de un delito de agresión sexual de menor entidad, a la pena de 21 meses de multa, con una cuota diaria de 8 euros, e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo de dos años y medio. También fue condenado al pago a la víctima de 2000 euros por los daños morales ocasionados.

En esta sentencia, contra la que cabe recurso de casación, se dan por buenos los hechos declarados probados en el auto recurrido.

Así, se considera probado que el acusado trabajaba en 2023 como entrenador de béisbol en un club en el que también jugaba, en el equipo sub-18, la víctima.

La chica era asimismo una de las entrenadoras del equipo sub-11 y en ocasiones colaboraba con el equipo sub-13, del que era entrenador el acusado, quien también entrenaba a las bateadoras del equipo de la víctima, entre las que ella no se encontraba.

Entre la víctima y el acusado, se relata en la sentencia, había una buena relación, cruzándose ambos mensajes en redes sociales.

El 24 de abril de 2023, cuando ambos estaban en el túnel de bateo cogiendo unas pelotas para pasarlas a una cesta, el acusado besó a la chica sin su consentimiento y momentos después volvió a hacerlo.

Por estos hechos, la víctima ha sufrido una situación de desasosiego y nerviosismo, habiendo sido tratada psicológicamente entre diciembre de 2023 y febrero de 2024 por el Equipo de Atención integral a víctimas de violencia de género durante cuatro sesiones.

La Audiencia Provincial comparte el criterio del Juzgado de lo Penal en el sentido de que el testimonio de la denunciante "fue persistente, expresado de un modo concreto, coherente y contundente", carente de contradicciones y sin reticencias o inexactitudes, ni modificaciones esenciales en lo fundamental.

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Iñaki Berasaluce / Europa Press

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