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Tres años y medio de cárcel para un portero de discoteca por agredir a un cliente que perdió un testículo

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la pena. La víctima intentó acceder a unos reservados de la discoteca, y el portero le impidió el acceso, propinándole varios rodillazos en los testículos.
TSJPV
Imagen de archivo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Foto: EITB MEDIA

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la pena de tres años y medio de cárcel para un portero de discoteca de Bilbao por propinar varios rodillazos en los testículos a un cliente causándole la pérdida de uno de ellos.

El TSJPV ha confirmado, de esta forma, la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia que considera probado que los hechos ocurrieron en la madrugada del 24 de diciembre de 2022, cuando la víctima pretendió acceder a unos reservados de una discoteca de la capital vizcaína sin tener la pulsera pertinente para ello y el portero le impidió el paso.

El varón se dio entonces la vuelta y, cuando bajaba por unas escaleras, el acusado, "con ánimo de atentar contra su integridad, le agarró, le dio la vuelta y le "propinó varios rodillazos en los testículos", lo que le provocó la pérdida de uno de ellos.

El portero de discoteca recurrió la sentencia ante el TSJPV alegando que se había vulnerado el derecho a su presunción de inocencia y el principio "in dubio pro reo" a favor del acusado, al considerar que el órgano jurisdiccional vizcaíno había errado al realizar una valoración sobre la prueba practicada "sentando un relato de hechos inexacto, impreciso y sesgado".

Según el recurrente, él no le agredió, sino que el denunciante se cayó por las escaleras porque se encontraba en estado de embriaguez y la rotura testicular fue consecuencia de esa caída.

El TSJPV recuerda que esa versión exculpatoria fue rechazada "sin ninguna duda" por la Audiencia vizcaína de manera justificada en una "impecable sentencia" y mantiene que "la conclusión condenatoria resulta fundamentada sobre prueba de cargo bastante, al margen de que el apelante no comparta la valoración de las pruebas que ha hecho" el tribunal de instancia.

Además de la pena de cárcel, el acusado deberá abonar una indemnización de 75.787 euros a la víctima por las lesiones y secuelas causadas. La sentencia del TSJPV no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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