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Una sentencia reconoce la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado en familias monoparentales de la Diputación de Bizkaia

El fallo confirma que las cuatro semanas adicionales de la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor en familias monoparentales son un "mejora convencional que debe aplicarse íntegramente" en la Diputación de Bizkaia y que "no puede eliminarse ni reducirse en función de los cambios legales producidos con posterioridad".

Una madre agarra la mano de un bebe. Imagen libre de derechos de autor

Una sentencia judicial ha confirmado que las cuatro semanas adicionales de la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor en familias monoparentales son un "mejora convencional que debe aplicarse íntegramente" en la Diputación de Bizkaia y que "no puede eliminarse ni reducirse en función de los cambios legales producidos con posterioridad", según ha informado el sindicato ELA.

De esta manera, según ha explicado la central sindical, ha logrado una sentencia favorable tras el conflicto colectivo que había interpuesto contra la Diputación Foral de Bizkaia y el Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS) por su "negativa" a reconocer la ampliación del permiso a estas familias.

Según ha indicado el sindicato en un comunicado, la sentencia subraya que "la voluntad de las partes al negociar el convenio fue establecer una mejora sobre la legislación vigente", y que "no es conforme a derecho que esta mejora quede absorbida por las modificaciones legales posteriores".

La resolución se ha producido después de que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucional la regulación de los artículos 48.4 del Estatuto de los Trabajadores y 177 de la Ley General de la Seguridad Social, al considerar que "generaban una discriminación indirecta hacia las familias monoparentales", ha informado el sindicato.

Según ha recordado ELA, el TC determinó que la persona menor en una familia monoparental no puede recibir un tiempo de cuidado sustancialmente inferior al de otra persona menor de una familia biparental, y reconoció el derecho del progenitor y progenitora a un permiso de hasta 26 semanas, 16 ordinarias más 10 adicionales.

Por lo tanto, ELA ha pedido a las instituciones que no recurran esta sentencia y que apliquen "sin demora lo dictado por los tribunales, garantizando el pleno respeto a los derechos de las familias monoparentales".

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