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Prevención de riesgos de las trabajadoras del hogar: ¿cómo cumplir la norma?

Desde el viernes, 14 de noviembre, las personas que tengan contratada a una persona empleada del hogar deben cumplimentar un informe obligatorio para evaluar sus riesgos laborales. Estas son todas las claves para realizar el procedimiento correctamente.

Desde el viernes, 14 de noviembre, las personas que tengan contratada a una empleada o empleado del hogar deben cumplimentar un informe obligatorio para evaluar sus riesgos laborales. Estas son todas las claves para realizar el procedimiento correctamente.

Plan de prevención de riesgos para personas empleadas de hogar. Foto: Europa Press.

Desde el viernes, 14 de noviembre, las personas que tengan contratada a otra como empleada del hogar deben cumplimentar un informe obligatorio para evaluar sus riesgos laborales. Sin embargo, el proceso se está complicando porque la web del Ministerio de Trabajo, donde debe realizarse el trámite, lleva horas prácticamente inoperativa.

Según ha informado el mismo Ministerio, la página ha sido objeto de un ataque informático, lo que ha impedido que quienes habían dejado el procedimiento para última hora pudieran acceder. De momento, no se impondrán sanciones mientras no se resuelva la incidencia.

Esto es todo lo que tienes que saber acerca del procedimiento:

¿Qué normativa respalda esta obligación?

El real decreto sobre seguridad y salud en el hogar fijó un plazo de seis meses para realizar la evaluación de riesgos desde la puesta en marcha de la herramienta oficial. Como la plataforma Prevención10 se activó en mayo, en noviembre las personas empleadoras deben haber completado la evaluación y aplicado las medidas necesarias.

¿Dónde se realiza el trámite?

La evaluación se cumplimenta en la plataforma Prevención10 (www.prevencion10.es), en el apartado de prevención en el hogar, donde se introducen datos de las personas empleadoras, de la persona trabajadora y de las tareas que desempeña. La web genera la evaluación y sugiere mejoras si detecta riesgos. La plataforma sufre problemas de acceso por la alta demanda.

¿Qué documentación es necesaria?

Al finalizar el proceso se descarga el “Plan de prevención de riesgos laborales”, que deben firmar las personas empleadoras y la empleada y conservarse para posibles inspecciones. La herramienta también ofrece materiales informativos y atención telefónica gratuita.

¿Existen otras obligaciones?

La ley prevé formación en prevención y reconocimientos médicos voluntarios, aunque estas medidas están pendientes de que el SEPE desarrolle los cursos y de su incorporación al sistema sanitario.

¿A quién afecta?

La obligación alcanza a quienes contraten a personas empleadas del hogar. En España hay alrededor de 348.000 mujeres afiliadas en este régimen, aunque el colectivo real superaría las 463.000 personas, lo que evidencia un elevado número de trabajadoras sin alta.

¿Puede haber sanciones?

. No disponer del plan firmado o no aplicar las medidas preventivas puede conllevar multas que van desde 45 hasta 49.180 euros, según la gravedad.

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