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El TSJPV avala la exclusión de un aspirante con autismo de una oposición reservada a personas con discapacidad intelectual en Vitoria-Gasteiz

La sentencia concluye que no acreditó oficialmente una discapacidad intelectual del 33% o más, requisito exigido por las bases de la convocatoria.
TSJPV TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA DEL PAIS VASCO
Imagen de archivo del TSJPV.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado la razón al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y ha confirmado la exclusión de un aspirante en una oposición reservada a personas con discapacidad intelectual.

El caso se remonta a una convocatoria de empleo público para cubrir 14 plazas de auxiliar de servicios dirigidas a personas con una discapacidad intelectual de al menos el 33 %. El aspirante, que contaba con un diagnóstico de síndrome de Asperger y un grado de discapacidad reconocido del 40 %, ampliado posteriormente al 49 %, quedó fuera del proceso porque no constaba que su discapacidad fuese de carácter intelectual.

En un primer momento, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vitoria-Gasteiz le dio la razón al aspirante, considerando que debía admitirse a quienes tuvieran cualquier discapacidad con afectación de funciones mentales. Sin embargo, el Ayuntamiento recurrió esa decisión.

Ahora, el TSJPV ha vuelto a dar la razón al Consistorio, ya que concluye que la normativa sí distingue entre distintos tipos de discapacidad y que, en este caso, únicamente podían participar en el proceso las personas que tuvieran reconocida oficialmente una discapacidad intelectual. La sentencia subraya que, en este tipo de procesos, no basta con informes médicos o personales, sino que es imprescindible contar con la certificación del organismo competente. Al no acreditarse ese requisito, el aspirante queda definitivamente fuera de la oposición.

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