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Irun implantará la Zona de Bajas Emisiones en la primavera de 2028

El Ayuntamiento de Irun avanza en la futura implementación de la Zona de Bajas Emisiones, después de la aprobación inicial de la ordenanza que contempla 30 exenciones.
Irun ZBE mapa
Mapa de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Irun. Foto: Ayuntamiento de Irun

La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Irun, que fue aprobada inicialmente el pasado viernes en el Pleno de la ordenanza relativa a la creación y regulación de la misma, contempla un total de 30 exenciones acordadas en su mayoría con la participación ciudadana.

Se abre ahora un periodo de información pública para que todas las personas que así lo deseen puedan realizar sus alegaciones y sugerencias al texto aprobado. A esta aprobación inicial le sucederá la aprobación definitiva que está prevista para el último trimestre del año actual, si bien la ordenanza no entrará en vigor hasta primavera de 2028.

Los delegados de Desarrollo Sostenible, Borja Olazabal, y de Desarrollo Urbano y Movilidad Sostenible, Sergio Javier, informaron ayer sobre la nueva ordenanza y sus 30 exenciones. 

Irun será el primer municipio de Euskadi sin ser capital en implantar la ZBE, ya que al tener una población superior a 50 000 habitantes está obligado a ello. 

30 exenciones

La implantación de la normativa se extenderá a través de los años de manera escalonada y progresiva, y contemplará 30 exenciones.

Esa progresividad en las limitaciones y restricciones de acceso y circulación pasa por dos fases: la Fase 1, que comprende desde la entrada en vigor de la ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2029; y la Fase 2, prevista a partir del 1 de enero de 2030.

A partir de la entrada en vigor de la ordenanza, todo vehículo que cuente con los distintivos ambientales 0 / ECO / C / B, además de bicicletas y vehículos de movilidad personal, contarán con acceso libre a la ZBE. En cambio, los vehículos sin distintivo ambiental únicamente podrán acceder en el caso de estar sujeto a alguna de las exenciones contempladas en el texto normativo aprobado inicialmente.

Los vehículos con el distintivo ambiental B dispondrán de una moratoria y podrán acceder libremente hasta el 31 de diciembre de 2029. A partir de esa fecha, su acceso estará permitido únicamente en el caso de estar sujeto a alguna de las exenciones recogidas en la ordenanza.

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