SENTENCIA
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El TSJN confirma el despido de un trabajador que alargó 17 días sus vacaciones sin permiso

La empresa tuvo que suspender y rechazar trabajos por su ausencia, y el tribunal considera proporcional la sanción.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado el despido de un trabajador que se ausentó de su puesto durante 17 días sin autorización ni justificación, al prolongar sus vacaciones más allá del periodo establecido por la empresa.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ratifica el fallo dictado el pasado febrero por el Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona.

Viajó al extranjero y no se reincorporó

La empresa, dedicada a trabajos de carpintería, había establecido para 2025 un calendario anual con las vacaciones de toda la plantilla, que fue colocado en el vestuario para conocimiento de los trabajadores. 

Sin embargo, el trabajador, que tenía la categoría de peón, viajó al extranjero el 8 de julio y permaneció allí hasta el 11 de agosto.

El periodo vacacional terminó el 21 de julio sin que se reincorporara a su puesto. La empresa intentó contactar con él sin éxito y, según recoge la sentencia, su ausencia le ocasionó perjuicios organizativos y económicos, al tener que suspender y rechazar trabajos y encargos.

El trabajador alegó que había acordado con el jefe disfrutar de vacaciones del 7 de julio al 12 de agosto, pero el tribunal señala que no quedó acreditada esa autorización.

El tribunal considera proporcional el despido

El TSJN considera que el despido es una sanción proporcional a la gravedad de la conducta. El convenio colectivo aplicable califica como falta muy grave la ausencia injustificada durante más de tres días en un mes, mientras que el trabajador estuvo 17 días sin acudir a su puesto.

Los magistrados consideran además que su antigüedad y el hecho de no contar con sanciones anteriores no justifican una sanción menor, teniendo en cuenta el perjuicio causado a la empresa y la gravedad de la falta.

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