POLÍTICA LINGÜÍSTICA
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El TSJPV anula el decreto que regula el uso del euskera en la admninistración vasca

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el decreto de normalización del uso del euskera para el sector público vasco, que fue recurrido por Vox, debido que la memoria económica que lo acompaña adolece de "insuficiencia sustancial". 

TSJPV TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA DEL PAIS VASCO
Sede del TSJPV. Foto: EITB

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el decreto de normalización del uso del euskera para el sector público vasco, que fue recurrido por Vox, debido que la memoria económica que lo acompaña adolece de "insuficiencia sustancial".

La sentencia anula el decreto por este único motivo, al tiempo que desecha los argumentos de fondo que planteó Vox al presentar el recurso, referidos a la inconstitucionalidad de la norma por resultar, a juicio de esta formación política, discriminatoria para los castellanoparlantes. El Tribunal Constitucional también se posicionó en la misma dirección.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acuerda la anulación del decreto por un vicio procedimental, al considerar que la preceptiva memoria económica "adolece de insuficiencia sustancial".

El tribunal concluye, en una sentencia que no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, que la preceptiva memoria económica que debe acompañar a la norma recurrida "adolece de insuficiencia sustancial, es decir, no cumple con su propia razón de ser, esto es, no cumple con la evaluación y fundamentación objetiva y técnica de las exigencias y repercusiones económico financieras de la regulación proyectada, ni justifica tampoco que la nueva regulación respete las imprescindibles estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

Para llegar a esta conclusión, el TSJPV tiene en cuenta el informe elaborado por la Oficina de Control Económico, "un informe técnico" emitido por un "órgano independiente cuya finalidad es precisamente controlar, desde el enfoque propio de su conocimiento técnico, que en la elaboración de las disposiciones de carácter general se lleven a cabo las justificaciones y se respeten los principios" vinculados con las exigencias y repercusiones económico-financieras de la regulación proyectada, recuerda la Sala.

"Es un informe amplio, detallado, muy elaborado y desde luego razonablemente convincente incluso para un profano", indica el tribunal que en su resolución recoge una transcripción de una parte del mismo en el que la Oficina de Control Económico advierte de "la ausencia de una efectiva estimación de costes derivados de la implementación de la extensión de los instrumentos de planificación lingüística" y de una "ausencia de ponderación o estimación económica singularizada para el proyecto en el que se analice su evidente impacto económico".

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