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La Audiencia Nacional rechaza extraditar a 'Billy el Niño' a Argentina

Se basa en que han prescrito los 13 delitos de torturas por los que se le reclamaba y no pueden ser calificados de lesa humanidad.
billy el niño audiencia nacional EFE
Juicio llevado a cabo en la Audiencia Nacional. EFE

La Audiencia Nacional ha rechazado este miércoles extraditar a Argentina al exinspector de Policía Juan Antonio González Pacheco, 'Billy el Niño', porque han prescrito los 13 delitos de torturas por los que se le reclamaba y no pueden ser calificados de lesa humanidad porque no formaban parte de un "ataque sistemático y organizado a un grupo de población".

La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional adopta esta decisión en un auto en el que también niega que las supuestas torturas por las que le reclamaba la juez argentina María Servini guarden relación con los asesinatos y desapariciones forzadas a las que se circunscribe el procedimiento abierto en Argentina y que se perpetraron tras el 17 de julio de 1936, cuando se produjo el alzamiento de militares contra la República.

El pasado día 25, la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó la extradición, también a Argentina, del ex guardia civil Jesús Muñecas Aguilar, capitán Muñecas, por torturas en el franquismo, al considerar que ese delito, presuntamente cometido en 1968, estaría prescrito y que los hechos de los que se le acusaba no son constitutivos de genocidio.

Argumento análogo en el que se ha basado la sección segunda para oponerse a la entrega de 'Billy el Niño', de 68 años, al observar que las torturas de las que le acusaba la juez Servini fueron supuestamente cometidas entre febrero de 1971 y septiembre de 1975, delitos que prescriben a los 10 años.

A esto se añade que las denuncias por estos hechos se interpusieron en 2010 y 2012, por lo que "el periodo de prescripción está ampliamente cumplido", destaca el tribunal.

Descarta asimismo que se trate de un delito de lesa humanidad "por más que los hechos descritos constituyan delitos de tortura a detenidos por un grupo determinado, aislado y concreto de funcionarios policiales al no contar que las mismas fueran parte de un ataque sistemático y organizado de ataque a un grupo de la población".

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