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La Fiscalía defiende la 'libertad de expresión' de Hasier Arraiz

Decidirá si pide el sobreseimiento después de que se realicen las nuevas pruebas. El TSJPV tomará de nuevo declaración a Arraiz el próximo 4 de septiembre.
El líder de Sortu, Hasier Arraiz. Imagen de archivo. EFE

El fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, cree que, a la espera de las nuevas diligencias que se realicen ante la reapertura del caso por enaltecimiento del terrorismo abierto contra el líder de Sortu, Hasier Arraiz, por la querella presentada por Dignidad y Justicia contra él, prevalece el derecho a la libertad de expresión "ejercido por el presidente del segundo partido de Euskadi en un acto de homenaje a dos víctimas del terrorismo y militantes del grupo que preside", en alusión a Santiago Brouard y Josu Muguruza.

Arraiz tendrá que declarar, de nuevo, el próximo 4 de septiembre ante el juez instructor de la causa, Borja Iriarte, después de que la Sala Civil y Penal del TSJPV decidiera el pasado mes de julio estimar el recurso de Dignidad y Justicia contra la decisión del magistrado de sobreseer las actuaciones emprendidas contra el líder de Sortu a partir de las declaraciones que realizó el 18 de noviembre en el homenaje a Brouard y Muguruza, en las que avaló la trayectoria y la estrategia de la izquierda abertzale durante los últimos 35 años.

En manifestaciones a Europa Press, Calparsoro ha recordado que la Fiscalía vasca "informó interesando la confirmación del archivo decretado por el magistrado instructor al entender que Hasier Arraiz emitió una opinión en el ejercicio de la libertad de expresión, y como parlamentario y dirigente político". Por ello, ha asegurado que, de esta forma, comparte "los argumentos y razonamientos del instructor" que le llevaron a archivar el caso.

Además, ha recordado que el Ministerio Público "no tiene el monopolio de la acción penal", ya que existe la acusación popular, "que, en este caso, ha instado la continuación de la causa", como ha acordado la Sala Civil y Penal al estimar el recurso de apelación.

En esta línea, ha afirmado que debe cumplirse "lo ordenado por la misma", que emplazó a continuar con las investigaciones y a tomar, de nuevo, declaración al imputado, al considerar que el interrogatorio al que se le sometió fue "incompleto, formulario y genérico o ajeno al núcleo de la cuestión principal", lo que resultaba "insuficiente a efectos probatorios".

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