Bárcenas podrá salir de prisión si paga una fianza de 200.000 euros
La Audiencia Nacional ha impuesto una fianza de 200.000 euros al extesorero del PP Luis Bárcenas para poder salir de la cárcel, ya que considera que la instrucción del caso Gürtel está prácticamente agotada y ya ha cumplido casi dos años de prisión preventiva.
La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia ha estimado parcialmente, en un auto publicado hoy, el recurso interpuesto por el propio Bárcenas, que ingresó en la cárcel el 27 de junio de 2013 por orden del juez Pablo Ruz.
Hasta ahora la Sala de lo Penal de Audiencia y el juez Ruz habían rechazado en ocho ocasiones su puesta en libertad condicional al entender que existía riesgo de fuga, pero esta vez argumenta que existen otras medidas cautelares que pueden mitigar la medida de prisión acordada hace 19 meses.
Así, le impone una fianza de 200.000 euros así como la obligación de comparecer en el juzgado tres veces por semana, y de designar domicilio. Además, le prohíbe abandonar el territorio estatal y mantiene su retirada de pasaporte. Parece poco probable que el extesorero de PP pueda reunir esa cantidad, ya que tiene todos sus bienes embargados por decisión del juez.
La sala pondera los delitos que se le imputan, con una instrucción ya terminada en el caso de una pieza de Gürtel, y el largo tiempo transcurrido en prisión preventiva, próximo a los dos años, y apuntan "el pleno arraigo del apelante en España y su carencia de antecedentes penales, lo que disminuye el riesgo de huida".
Así pues, de todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Bárcenas únicamente prospera el de que ha concluido la investigación de la pieza principal de Gürtel (denominada "Época l"), por la que Bárcenas estaba en prisión. Una medida que ahora, teniendo en cuenta el tiempo que ha permanecido en la cárcel, procede mitigarse mediante la imposición de una fianza.
Este planteamiento, según el tribunal, no es contradictorio con los escritos de acusación presentados recientemente, si se tiene en cuenta "el carácter ambivalente otorgado por la jurisprudencia al transcurso del tiempo en situación de prisión preventiva, aquí apreciado a favor del imputado".
Fianza "acorde y proporcionada"
Para fijar la fianza, la sala ha tenido en cuenta los requisitos que fija la doctrina jurisprudencial sobre la naturaleza del delito, el estado social y antecedentes del imputado y las demás circunstancias que pudieran influir en el mayor o menor interés de este para ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial.
Según la Audiencia, la fianza de 200.000 euros "es acorde y proporcionada con los intereses en liza y la situación de otros imputados". Esa cantidad concilia la natural y lógica pretensión de libertad con la garantía de evitar su fuga y la ocultación de posibles fuentes de pruebas que no hayan sido todavía obtenidas, "teniendo presentes las graves responsabilidades que, de manera provisional, recaen sobre la conducta del apelante".
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