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El TEDH rechaza la demanda de Puigdemont y otros 75 diputados catalanes

La Corte europea avala la suspensión del TC del pleno de octubre de 2017 convocado tras el 1-O, porque había que 'garantizar los derechos y libertades de los diputados en minoría'.
Tribunal de Estrasburgo.
Tribunal de Estrasburgo. Foto: Wikimedia CC

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado este martes la demanda presentada por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, y otros 74 diputados contra la anulación del pleno del 9 de octubre de 2017 en el que se iban a analizar los resultados del 1-O.

Entre otras razones, el tribunal con sede en Estrasburgo comparte la decisión que tomó el Tribunal Constitucional de suspender dicho Pleno, que considera "necesaria", ya que se trataba de "garantizar la protección de derechos y libertades de los parlamentarios en minoría" en el Parlamento catalán "ante posibles abusos de la mayoría", ya que la solicitud de convocatoria fue registrada por los grupos de Junts pel Sí y la CUP, que representaban a más del 50 % de la Cámara.

Según el TEDH, el objetivo del Tribunal Constitucional era "permitir a los demandantes de amparo", es decir, el PSC, que fue el que presentó el recurso pidiendo la suspensión de ese Pleno, "ejercer legítimamente sus funciones" en conformidad con el artículo 23 de la Constitución.

Además, el tribunal con sede en Estrasburgo coincide con el Constitucional en decir que la convocatoria del pleno se hizo en virtud de la ley del referéndum, que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional y que, por tanto, "era inaplicable temporalmente".

Pleno solicitado por Junts Pel Sí y la CUP

Después del referéndum del 1 de octubre, dos grupos parlamentarios —Junts Pel Sí y la CUP— pidieron a la Mesa del Parlament que convocara una sesión para evaluar los resultados de la consulta. La Mesa lo aceptó y planificó la reunión para el 9 de octubre, pero los otros grupos se opusieron con el argumento de que se infringía el reglamento de la cámara. Los socialistas llevaron el caso ante el Constitucional y pidieron una medida de suspensión cautelar, que el alto tribunal aceptó.

Puigdemont compareció ante el Pleno de la Cámara catalana al día siguiente, el 10 de octubre, donde "declaró la independencia de Cataluña, que el Parlament dejó después sin eficacia legal".

Los demandantes alegaron vulneración de varios derechos

Además del propio Puigdemont, el recurso ante el TEDH lo firman la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el exvicepresidente Oriol Junqueras, los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Toni Comín, Dolors Bassa, la dirigente de ERC Marta Rovira, así como exmiembros de la Mesa de la Cámara autonómica, todos ellos procesados

En su demanda, alegaron que la suspensión del pleno "constituyó una vulneración de su derecho a la libertad de expresión y de reunión, en la medida en la que no pudieron expresar la voluntad de los electores que participaron en el referéndum".

El tribunal europeo, sin embargo, asegura que los demandantes no han sido víctimas de indefensión, ya que recuerda en su sentencia que el Parlamento catalán fue, a través de sus servicios jurídicos, "parte en el procedimiento de amparo" que dio lugar a la sentencia del Constitucional que confirmó la suspensión del Pleno.

Ante el argumento de los demandantes de que suspender el Pleno supuso una injerencia en su derecho a la libertad de reunión, la sentencia concluye que esa injerencia surge de una "necesidad social imperiosa" que resultó "necesaria en una sociedad democrática".

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