La Junta Electoral niega a Junqueras el acta de eurodiputado
La Junta Electoral Central ha negado el acta de eurodiputado al exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC Oriol Junqueras, pese a que la Justicia europea reconoció su inmunidad.
En su reunión de hoy, la JEC ha decidido que el dirigente independentista, encarcelado por la sentencia del 'procés', no puede ser eurodiputado porque la Ley Electoral establece que "son inelegibles los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena".
Hace dos semanas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó que Junqueras debió ser reconocido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento europeo del pasado mes de mayo y gozar "desde ese mismo momento" de inmunidad.
La JEC ha adoptado esta decisión por siete votos a favor y cinco en contra y a pocas horas de que dé comienzo el debate de investidura del candidato socialista, Pedro Sánchez, cuya candidatura a priori saldrá adelante el próximo 7 de enero gracias, entre otros, a la abstención de los 13 diputados de ERC.
En el escrito sobre la decisión, la JEC declara que en el caso de Junqueras procede la causa de inelegilibidad sobrevenida contemplada en la LOREG al haber sido condenado en sentencia firme por el Tribunal Supremo a 13 años de prisión.
De este modo, el organismo declara la pérdida de la condición de diputado del Parlamento Europeo, "con anulación de su mandato", con efectos "desde la fecha de este acuerdo".
La JEC señala que su vacante como eurodiputado deberá ser cubierta por Jordi Solé, el siguiente en la lista de las europeas. Esta resolución, que podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo, será notificada al presidente del Parlamento Europeo.
Con su decisión, el organismo encargado de velar por la transparencia y la neutralidad de los procesos electorales ha estimado los escritos presentados por el PP, Ciudadanos y Vox pidiendo que no se expidiera la credencial al líder de ERC.
Estando en prisión provisional y en pleno juicio del 'procés', Junqueras consiguió en mayo su escaño en las elecciones europeas, pero la JEC no pudo expedirle la credencial en junio porque el Supremo le negó el permiso para cumplir el trámite que exige la legislación española, que es jurar o prometer la Constitución ante la Junta.
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante la consulta que le había dirigido el Supremo cambió las cosas porque la institución comunitaria entiende que el eurodiputado ya lo es desde que es elegido, sin que ningún trámite formal nacional pueda condicionar la obtención del escaño.
Mientras el Tribunal Supremo estudia cómo aplicar esa sentencia, tanto el PP como Ciudadanos se apresuraron a solicitar a la JEC que no otorgase la credencial a Junqueras al no ser ya un preso esperando juicio, sino que es un condenado por sentencia firme a inhabilitación.
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