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La Generalitat confirma el segundo grado a los presos independentistas catalanes

Las juntas de tratamiento de las prisiones han descartado conceder el régimen de semilibertad a los dirigentes independentistas encarcelados por el referéndum del 1 de octubre de 2017.
Imagen de archivo de los dirigentes independentistas en prisión.
Imagen de archivo de los dirigentes independentistas en prisión. Foto: Omnium Cultural

El Departamento de Justicia de la Generalitat ha clasificado en segundo grado u ordinario a los nueve líderes independentistas en prisión, como propusieron las juntas de tratamiento de las respectivas cárceles de Lledoners, Puig de les Basses y Mas Enric, donde cumplen condena.

Según ha informado la conselleria de Justicia, en manos de la republicana Ester Capella, la secretaría de Medidas Penales de la Generalitat ha avalado este jueves el acuerdo de las juntas de tratamiento de las prisiones, que el pasado 11 de diciembre, en decisiones no unánimes, descartaron conceder de momento el régimen de semilibertad o tercer grado a los líderes del 'procés'.

El Departamento de Justicia tenía de plazo hasta mediados de febrero próximo para resolver la clasificación definitiva de los presos del 'procés': en primer grado o régimen cerrado -con las medidas de control más restrictivas-, en segundo -ordinario- o en tercero o abierto, que permite a los reclusos salir a diario y regresar a la cárcel solo a dormir.

Con su decisión de hoy, la Secretaría de Medidas Penales del Govern cierra el paso a la posibilidad de que los condenados por el Supremo sean clasificados directamente en tercer grado, régimen que reclamaban tanto los presos de JxCat como los responsables políticos de la formación.

El segundo grado u ordinario puede ser flexibilizado en un futuro mediante la aplicación de artículos del régimen penitenciario, como el 100.2 o el 117, que permite salidas diurnas del centro penitenciario para trabajar o llevar a cabo labores de voluntariado.

La opción del segundo grado flexibilizado permite esquivar el control del Supremo, dado que los eventuales recursos contra la aplicación de esos artículos se agotarían en la Audiencia de Barcelona, mientras que en las clasificaciones es el tribunal sentenciador el que tiene la última palabra.

Una vez clasificados, los presos que hayan cumplido una cuarta parte de sus condenas podrán disfrutar de permisos puntuales de salida. En el caso de los Jordis, a partir del próximo martes.

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