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Junqueras y Romeva saldrán de prisión tres días a la semana para trabajar

Siete de los nueve presos del 'procés' pueden salir algunos días por trabajo y voluntariado.
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras. Foto: Efe
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras. Foto: Efe

La Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), ha acordado este jueves permitir que el exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconseller Raül Romeva puedan salir de la cárcel tres días a la semana para trabajar.

Según ha informado la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, les aplican el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que permite flexibilizar el régimen en la cárcel, y con ellos ya son siete los líderes independentistas a los que se les aplica esta medida.

Junqueras y Romeva, condenados el 14 de octubre de 2019 a 13 y 12 años, respectivamente, por un delito de sedición por el Tribunal Supremo, podrán estar seis horas al día, tres días entre semana, fuera del centro penitenciario para acudir a trabajar.

Hasta ahora, habían obtenido el 100.2 el exconseller Quim Forn, con salidas de cinco días a la semana 12 horas y media para ir a trabajar; la exconsellera Dolors Bassa, tres días durante ocho horas para cuidar a un familiar, y el expresidente de la ANC y exdiputado de JxCat, Jordi Sànchez, que puede salir tres días 11 horas para voluntariado.

Asimismo, las juntas de tratamiento han aplicado el 100.2 a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, tres días a la semana nueve horas para cuidado de un familiar y voluntariado, y el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, 9 horas y media cinco días por trabajo y voluntariado, mientras que no se les ha aplicado a los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull.

El 100.2 es de aplicación inmediata aunque es obligatoria su comunicación al juzgado de vigilancia penitenciaria, que informa a la Fiscalía para que fije su posicionamiento, y posteriormente el juez decide si lo ratifica o lo rechaza, una decisión que puede ser recurrida por el Ministerio Público, y que tiene como última instancia la Audiencia de Barcelona.

La Fiscalía ya se ha posicionado respecto a la aplicación del 100.2 en el caso de Forn, Cuixart y Sànchez, oponiéndose a su concesión en los tres casos, ya que considera que se enmarca en un plan para otorgarles "de forma generalizada un régimen de semilibertad".

 

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