Código Penal
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Delito de malversación: Cómo está regulado y qué implica su modificación

ERC o Unidas Podemos han planteado modificarlo y el Gobierno español ha abierto la puerta a estudiar. El delito ya fue modificado hace siete años, con la reforma del Código Penal aprobada en 2015 con los votos del PP.
El exdirigente socialista José Antonio Griñán, condenado por malversación. Foto: EFE
El exdirigente socialista José Antonio Griñán, condenado por malversación. Foto: EFE

El delito de malversación contempla penas de prisión para la autoridad o funcionario que cause un perjuicio o se apropie "para sí o para un tercero" de patrimonio público, una redacción que partidos como ERC o Unidas Podemos han planteado modificar y que el Gobierno español ha abierto la puerta a estudiar.

Tras la propuesta del grupo socialista y de Unidas Podemos de convertir el delito de sedición en el de "desórdenes públicos agravados", este lunes el debate político se ha centrado en el segundo delito por el que también fueron condenados algunos líderes independentistas catalanes por el procés: La malversación.

Reforma de 2015

El delito de malversación fue modificado hace siete años, con la reforma del Código Penal aprobada en 2015 con los votos del PP y el rechazo en bloque de la oposición. Hasta entonces, la malversación exigía que el dinero público desviado redundara en lucro propio o de terceros.

La actual regulación sanciona con penas de dos a seis años a "la autoridad o funcionario público" que incurriese en administración desleal sobre el patrimonio público, es decir, que cause un perjuicio a los fondos públicos teniendo facultad para administrarlos.

Y las mismas condenas recoge para aquella autoridad o funcionario que incurra en el delito de apropiación indebida sobre el patrimonio público, es decir, que se apropie "para sí o para un tercero" de fondos públicos.

El actual Código Penal recoge un abanico de penas de cuatro a ocho años de prisión y de diez a 20 de inhabilitación en función de una serie de supuestos, como haber causado "un grave daño o entorpecimiento al servicio público" o que el valor de los efectos apropiados sea mayor de 50 000 euros.

Y contempla una condena de hasta 12 años de cárcel en el caso de que estos bienes excedan los 250.000 euros.

Distinguir el lucro personal

A la espera de que se concreten las eventuales propuestas, Unidas Podemos ha anunciado que está estudiando una enmienda a la reforma del Código Penal para que el delito de malversación distinga cuando hay un enriquecimiento personal y cuando no lo hay, según ha explicado este lunes en rueda de prensa el presidente de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens.

¿A quién podría beneficiar una nueva reforma?

Las críticas de la oposición de derechas a una posible reforma del delito de malversación no se han hecho esperar al considerar que beneficiaría tanto a los líderes independentistas catalanes juzgados, procesados o huidos por la causa del procés como al exdirigente socialista José Antonio Griñán.

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